La historia de una palabra

consignar

En 16 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1726-1739 Autoridades

la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra

Consignar, pág. 529 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. v. a. Señalar, assignar ù destinar lugar ù efecto competente para la subsistencia de algúna cosa. Lat. Destinare. Asiignare. MARIAN. Hist. Esp. lib.30. cap.27. Demás de cincuenta mil ducádos, que de las rentas de aquel Réino ordenó le diessen cada un año, que corriessen hasta tanto que el Principe su hermano en algun Estado le consignasse otra tanta renta. VALVEXD. Vid. de Christ, lib. 1. cap. 7. Determinaron colocarla en la parte del Templo, mas sacrosanta que se le pudiesse confignar. CONSIGNAR. Vale tambien entregar, poner en mano de uno, ò à su disposicion alguna cosa: como dinero, bienes, &c. Lat. Rem deponere apud allquem. Recop. lib. 5. tit. 11. l. 14. Si alguno vendiere…

1786-1793 Terreros

Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra

Consignar, pág. 498 · el artículo y su página del original →

CONSIGNaR, señalar, asegurar la paga de alguna suma en este, ó el otro efecto. Fr. Consigner. Lat. Confignáre. It. Consegnare. CONSIGNÁR, asegurar poniendo en deposito esta, ó la otra paga. Fr. Consigner. Lat. Depónere. It. Consegnare.

1817 Oficial 1817

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 230 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. V. a. Señalar y destinar á alguno et redito de una finca o efecto suyo para el pago de alguna cantidad ó renta que debe ó constituye. Fundum solvendo, vel redditui constituendo destinare. || for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. Deponere. || Destinar un parage ó sitio para poner ó colocar en el alguna cosa. Designare, conctituere. || ant. Hablando de dinero lo mismo que ENTREGAR CONSIGNAR. Entregar por via de depósito, poner en deposito alguna cosa. Deponere, alicujus fidei committere. || Com. Enviar las mercaderías á manos de algun correspondiente. Socio negotiato. ri merces committere. || ant. Lo mismo que SIGNAR ó señalar a otro con la señal…

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 211 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. v. a. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. Fundum solvendo, vel redditui constituendo destinare. || for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. Deponere. || Destinar un parage ó sitio para poner Ó colocar en él alguna cosa. Designare, consiituer e. || ant. Hablando del dinero ENTREGAR. || Entregar por via de deposito, poner en depósito alguna cosa. Deponere, alicu jus fidei committere. || Com. Enviar las mercaderías á manos de algun correspondiente. Socio negotiatori Merces committere. || ant. SIGNAR Ó señalar á otro con la señal de la cruz. EN

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Consignar, pág. 209 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. a. Asignar fondos para el go de una cantidad cualquiera. p - for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad, || - Destinar un paraje para poner en él. ]] ant. Hablando del dinero ENTREGAR. || Entregar por via de depósito , poner en depósito. [ Com. Enviar las mercaderías á manos de algun correspondiente. || ant. SIGNAR Ó señalar á otro con la señal de la cruz.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 187 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. a. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. Fundum solvendo, vel reditui constiluendo destinare. Y for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. Deponere. Y Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. Designare. Y ant. Hablando del dinero ENTREGAR. Y Entregar por via de deposito, poner en depósito alguna cosa. Deponere, alicujus fidei committere. || Com. Enviar las mercaderías á manos de algun correspondiente. Socio negotiatori merces committere. || ant. SIGNAR Ó señalar á otro con la señal de la cruz.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Consignar, pág. 446 · el artículo y su página del original →

Consignar, v. a. Señalar y dest nar el rédito de una finca ó efecto, para el pago de ulguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. || For Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. (Des tinar algun paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. || Adm Designar, prefijar tanto ó cuanto de consignación sobre las tesorerías de provincias; disponer el gobierno de los caudales recaudados para las urgencias del servicio, invirtiendo los fondos, segun las perentorias necesidades que recláman su pronta aplicaio. . ant. Declarar, sentar, manifes. tar, esponer su opinion, sus sentimientos, sus principios, sus deseos ó aspiraciones etc. un hombre público ó un…

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Consignar, pág. 283 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. a. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. Fundum solvendo vel reditui constituendo desttnare. || for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. Deponere. || Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. Designare. || ant. Hablando del dinero ENTREGAR. || Entregar por via de depósito, poner en depósito alguna cosa, Deponere, alicuiis fidei committere. Com. Enviar las mercaderías á manos de algun correspondiente. Socio negotiatori merces committere. || ant. SIGNAn ó señalar á otro con la señal de la cruz.

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 181 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. a. Señalar y destinar el rédito de una finra ó efecto para el poso de alguna cantidad ó renta que se d Óó se constituye. Fundum solvendo, vel redilwi constiluendo destínare. || for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. Deponere. || Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. Designare. || ant. Hablando del dinero extarcar. || Entregar por via de depósito, poner en depósito alguna cosa. Deponere, alicujus fidei comunitlere, || Com. Enviar mercaderías á manos de algun corresponsal. Socio negotiatori mereces comiters. || ant. SIGNAR Ó señalar á otro con la señal de la cruz.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 201 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. a. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto, para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. || Designar el Gobierno la tesorería ó pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas. || for. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. || Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. || ant. Hablando del dinero, ENTREGAR. || Entregar por vía de depósito, poner en depósito alguna cosa. || Com. Enviar las mercaderías á manos de algun corresponsal. || Una opinion, un voto, una doctrina, un hecho, etc. Asentar por escrito cualquiera de estás cosas. || ant. signar ó señalar “4 otro con la señal de la cruz.

1870 Gaspar y Roig

Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra

Consignar, pág. 627 · el artículo y su página del original →

V. a.: señalar y destinar el rédito de una finca u otra cosa para el pago de alguna cantidad o renta que se debe o se constituye.—Destinar un paraje o sitio para poner o colocar en él alguna cosa.—Señalar el gobierno una cantidad sobre las tesorerias de provincia para satisfacer algun pago.—De clarar, manifestar, sentar, esponer su opinion, sus sentimientos o ideas.—ant.: hab ando del dinero, ENTREGAR.—SIGNAR o señalar a otro con la señal de la cruz —Cõm.: enviar las mercaderias a manos de algun corresponsal. =Jurisp.: depositar judicialmente el precio de alguna cosa oalguna cantidad,

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Consignar, pág. 1012 · el artículo y su página del original →

Consignar. Activo. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto, para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. Designar el Gobierno la tesorería ó pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas. ( Forense. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. [ Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. [ Anticuado. Hablando del dinero, ENTREGAR. Entregar por vía de depósito, poner en depósito alguna cosa. I Comercio. Enviar las mercaderías á manos de algún corresponsal. Una opinión, un voto, una doctrina, un hecho, etcétera. Asentar por escrito cualquiera de estas cosas. Anticuado. SIGNAR ó senalar á otro con la señal…

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 280 · el artículo y su página del original →

Consignar. Del lat concionare de cum. con. y sivnare, eef̃alar a Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto, para el pago de una cantidad ó renta que se debe o se constituye. Designar el go bierno la tesorería ó pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas. Desti nar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él una cosa.! Entregar por via de de pósito, poner en depósito, una cosa. (Tra tándose de opiniones, votos, doctrinas hechos, etc., asentar por escrito cualquiera de estas cosas. ant. Hablando de dine ro, entregar. 1a acep. ant. Signar ó señalar a uno con la señal de la cruz. Com Enviar las mercadertas á manos de un corresponsal. For. Depositar judicialmente el precio de…

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Consignar, pág. 392 · el artículo y su página del original →

Consignar. Activo. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye.) Designar el Gobierno la tesorería ó pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas. [] Forense. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. || Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. || Anticuado. Hablando del dinero, ENTREGAR. I Entregar por vía de depósito, poner en depósito alguna cosa. I Comercio. Enviar las mercaderías á manos de algún corresponsal. (Una opinión, un voto, una doctrina, un hecho, etc. Asentar por escrito cualquiera de estas cosas.IAnticuado. SIGNAR ó señalar á otro con la…

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Consignar, pág. 259 · el artículo y su página del original →

Consignar. (Del lat. consignare; de cum. con, y signare, señalar.) a. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto, para el pago de una cantidad ó renta que se debe ó se constituye. !! Designar la tesorería ó pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas. ! Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él una cosa.! Entregar por vía de depósito, poner en depósito, una cosa. Tratándose de opiniones, votos, doctrinas, hechos, etc., asentar por escrito cualquiera de estas cosas.] ant. Hablando de dinero, entregar, 1.* acep. ¡ant. Signar ó señalar á uno con la señal de la cruz. Com. Enviar las mercaderías á manos de un corresponsal.! Fo». Depositar judicialmente el precio de…

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Consignar, pág. 438 · el artículo y su página del original →

CONSIGNAR. (del lat, consignâre; de cum, con, y signâre, señalar). v. a- Señalar y destinar el rédito de una finca o efecto para el pago de una cantidad o renta que se debe o se constituye. || Designar el Gobierno la tesoraría o pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas.!Destinar un paraje o sitio para poner o colocar en él una cosa. || Entregar por vía de depósito, poner en depósito una cosa. Tratándose de opiniones, votos, doctrinas, hechos, etc., asentarlos por esorito. || ant. Hablando de dinero, entregar, 1.a acep. || ant. Signar o señalar a uno con la señal de la cruz. Com. Remitir mercancías a manos de un corresponsal. || For. Depositar judicialmente el precio de una cosa…

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