Roque Barcia · 1880-1883
Consignar
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Consignar. Activo. Señalar y destinar el rédito de una finca ó efecto, para el pago de alguna cantidad ó renta que se debe ó se constituye. Designar el Gobierno la tesorería ó pagaduría que ha de cubrir obligaciones determinadas. ( Forense. Depositar judicialmente el precio de alguna cosa ó alguna cantidad. [ Destinar un paraje ó sitio para poner ó colocar en él alguna cosa. [ Anticuado. Hablando del dinero, ENTREGAR. Entregar por vía de depósito, poner en depósito alguna cosa. I Comercio. Enviar las mercaderías á manos de algún corresponsal. Una opinión, un voto, una doctrina, un hecho, etcétera. Asentar por escrito cualquiera de estas cosas. Anticuado. SIGNAR ó senalar á otro con la señal de la eruz.
ETIMOLOGÍA. Latín consiguãre, sellar, registrar, anotar por escrito; de cum, con, y signare, signar; italiano, consiguare: francés, consigner; provenzal y catalán, consignar.
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