remitir
En 15 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
REMITIR, pág. 1256 · el artículo y su página del original →
REMITIR, vale perdonar, como remitir la culpa, remitir la causa, dexarla a otros juezes. Remision, vale comunmente perdon. Remisible, e irremisible, lo que se puede, o no se puede perdonar.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Remitir, pág. 567 · el artículo y su página del original →
REMITIR v. a. Enviar una cosa de una parte à otra. Lat. Remittere, de donde vienc. Ar DRET. Orig. lib.1. cap.2. El qual los remitid́ à Lucio Canuleyo, que goberoaba à España. VILLAV. Mosch. Cant.8. Oct.47. Y ellos las almas à la dura pena Remitiran, con impetus vioientos, Y Barbariza, y Graphicano quiero, Que ayuden al decrépito harquero. REMtTIR. Vale tambien perdonar ò absolver de alguna culpa ù delito. Lat.Remittere. Condonare. Be riss. Guichard. lib.1. pl.47. Quc al Prefecto de Roma te le remitiesse la culpa de substraher, y la obligacion de restituir quarenta mil ducados. REMITIR. Vale assimismo dexar, diferir ò suspender. Lat. Differre. Ia aliud tempas mittere. B.Mevn. Polit, lib.4…
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Remitir, pág. 337 · el artículo y su página del original →
REMITIR, 1o, mismo que aflojar, resfriarse en algo. Fr. Ralentir. Lat. Remittere, relaxare. It. Rallentare. Un caballo remite algo de la carrera despues de una larga carrera. REMITIR, enviar, volver, restituir. Fr. Renvoyer. Lat. Reddere, mittere, remittere. It. Rimandore, restituire. Aí remito los libros, que Vm. me prestó, y esos otros que Vm. dijo queria ver. REMITIR, á otro tiempo, diferir, retardar, dilatar. Fr. Remetre, renvoyer á un autre tems. Lat. Differre, procrastinare, prorogare, remittere. It. Differire, rimettere. V. Diferir. REMITIR DE LA TIRANTEZ, aflojar. Fr. Relacher. Lat. Laxare, remittere, relaxare. It. Allentare, ribazsare. REMITIR EL ARCO. V. Laxar, Descansar. REMITIR…
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Remitir, pág. 749 · el artículo y su página del original →
REMITIR. v. a. Enviar una cosa de una parte á otra. Mittere. || Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion. Remittere, absolvere, liberare. || Dejar, inferir ó suspender. Differre. || Ceder ó perder alguna cosa de la intension de su calidad. Usase como neutro y maregularmente como reciproco. Remitti, aiminui. || Dejar al juicio ó dictámen de otro Ia resolucion de alguna cosa. Usase tambien come reciproco. Remittere, committere, mandare REMITIR. Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que se expresa. In probationem rem aliquam vocare, adducere.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Remitir, pág. 709 · el artículo y su página del original →
REMITIR. v. a. Enviar una cosa de una parte a otra. Mittere. || Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion. Remittert, ab» solvere, liberare. || Dejar, inferir Ó suspender. Differre. || Ceder Ó perder alguna, cosa de la intension de su calidad. Úsase como neutro y mas regularmente como recíproco. Remitti, diminui. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa. Usase tambien como recíproco. Remittero, committere, mandare. || Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que Se expresa. In probationem rem aliquam vocare, adducereO. REMO 3. m. Instrumento de madera de tres varas'de lafgo-, poco mas ó menos, de la figura ó…
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Remitir, pág. 653 · el artículo y su página del original →
REMITIR. a. ENVIAR. (V. el diccionario de sinónimos.) !Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion. [Dejar, diferir ó suspender. I Ceder ó perder alguna cosa de la intension de su calidad. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosz, ll. Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que se expresa.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Remitir, pág. 626 · el artículo y su página del original →
REMITIR. a. Enviar una cosa de una parte á otra. Mittere. Y Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion. Remittere, absolvere, liberare. . Dejar, diferir ó suspender. Differre. Ceder ó perder alguna cosa de la intension de su calidad. Se usa como neutro y mas regularmente como recíproco. Remitti, diminui. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa. Se usa tambien como reciproco. Permittere. Y Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica. In probationem rem aliquam vocare, adducere.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Remitir, pág. 1494 · el artículo y su página del original →
Remitir, v. a. Enviar cualquier cosa de una parte á otra. || Perdonar, absolver, indultar; alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion etc. || Dejar, aplazar, diferir ó suspender. || Ceder ó perder alguna cosa, de la intension de su calidad. Se usa como neutro y mas comunmente como recíproco, en esta acepcion. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa; someterla á su conocimiento, á su parecer etc. || Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que se espresa ó indica etc. || Se usa tambien, y mucho, como pronominal.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Remitir, pág. 937 · el artículo y su página del original →
REMITIR. a. Enviar una cosa de una parte á otra. Mittere || Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obliga cion. Remittere, absolvere, liberare. || Dejar, diferir ó suspender, Differre. !) Ceder ó perder alguna cosa de la intension de su calidad. Se usa como neutro, y mas regularmente como recíproco. Remitti, diminui. || Dejar al juício ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa. Se usa tambien como recíproco Permittere. UIl ant. DEVOLVER. || ant. Encargar, confiar, dejar. || Referirse, citando por comprobacion algun (Advertir al lector dónde se halla tratada mas extensamente en el mismo libro la materia, ó el ] instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica. In…
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Remitir, pág. 600 · el artículo y su página del original →
REMITIR. a. Enviar una cosa de una parte á otra. Miltere. || Perdonar, alzar la pena, exigir ó libertar de alguna obligacion. Remitiere, absolvers, hiberare. || Dejar. diferir ó suspender. Di(ferre. || Ceder ó perder alguna cosa parte de su intensidad. Se usa como neutro y mas regularmente como recíproco. Resitli, dimi> sui. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa. Se usa tambien como recíproco. Permúltore. || Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se laye lo que se expresa ó indica. In probationem rem. aliquam vocare, adducere.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Remitir, pág. 671 · el artículo y su página del original →
REMITIR. a. Enviar una cosa de una parte á otra. || Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion. || Dejar, diferir ó suspender. || Ceder ó perder alguna cosa parte de su intensidad. Se usa como neutro, y más regularmente como recíproco. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa. Se usa tambien como recíproco. || r. Referirse, citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Remitir, pág. 660 · el artículo y su página del original →
Remitir. Activo. Enviar una cosa de una parte á otra. I Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligación.! Dejar, diferir ó suspender. ( Ceder ó perder alguna cosa parte de su intensidad. Se usa como neutro, y más regularmente como recíproco. Dejar al juicio ó dictamen de otro la resolución de alguna cosa. Se usa también como recíproco. I Recíproco. Referirse, citando por comprobación algún instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica, y así se dice: «ME REMITO á la declaración del reo.» ETIMOLOGÍA. Latín rémittère, volver á enviar, dejar ir, perdonar, conceder, de re, segunda vez, y mittère, enviar; catalán, remétrer; provenzal, remetre; francés, remettre…
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Remitir, pág. 130 · el artículo y su página del original →
Remitir. Activo. Enviar una cosa de una parte á otra. Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligación. Dejar, diferir ó suspender. I Ceder ó perder alguna cosa parte de su intensidad. Se usa como neutro, y más regularmente como recíproco. ! Dejar al juicio ó dictamen de otro la resolución de alguna cosa. Se usa también como recíproco. l Reciproco. Referirse, citando por comprobación algún instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica, y así se dice: me REMITO á la declaración del reo. ETIMOLOGIA. Del latin remittère, volver á enviar, dejar ir, perdonar, conceder; de re, segunda vez, y mittère, enviar: catalán, remétrer; francés, remettre; italiano, rimettere.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Remitir, pág. 861 · el artículo y su página del original →
Remitir. (Del lat. remitrérej a. Enviar, 2.2 acep. || Perdonar, alzar la pena, eximir o libertar de una obligación. || Dejar, diferir ó suspender. || Ceder ó perder una cosa parte de su intensidad. Ú. t. c. n. y c. r. |] Dejar al juicio ó dictamen de otro la resolución de una cosa. Ú. m. c. r. || Indicar en un escrito cualquiera el lugar del mismo, ó de otro escrito, donde consta lo que se quiere averiguar. || r. Atenerse á lo dicho ó á lo que ha de decirse por uno mismo ó por otra persona, de palabra ó por escrito.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Remitir, pág. 1440 · el artículo y su página del original →
REMITIR. (del lat, remittère). V. a Envlar, 2.a acep. || Perdonar, alzar la pena, eximir o libertar de una obligación.! Dejar, diferir o suspender. Ceder o perder una cosa parte de su intensidad. U. t. c. n. y c. r. || Dejar al juicio o dictamen de otro la resolución de una cosa. U. m. c. r. || Indicar en un escrito el lugar del mismo, o de otro escrito, donde consta lo que se quiere averiguar. || v. r. Atenerse a lo dicho o a lo que ha de decirse por uno mismo o por otra persona, de palabra o por escrito.—Rég. REMITIRSE a las pruebas.
acepción con acepción en el diccionario oficial →