Roque Barcia · 1880-1883
Remitir
tomo 4 · página 660 · ver la página del original
Remitir. Activo. Enviar una cosa de una parte á otra. I Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligación.! Dejar, diferir ó suspender. ( Ceder ó perder alguna cosa parte de su intensidad. Se usa como neutro, y más regularmente como recíproco. Dejar al juicio ó dictamen de otro la resolución de alguna cosa. Se usa también como recíproco. I Recíproco. Referirse, citando por comprobación algún instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica, y así se dice: «ME REMITO á la declaración del reo.» ETIMOLOGÍA. Latín rémittère, volver á enviar, dejar ir, perdonar, conceder, de re, segunda vez, y mittère, enviar; catalán, remétrer; provenzal, remetre; francés, remettre; italiano, rimettere.
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