Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Remitir

página 937 · ver la página en el escaneo

REMITIR. a. Enviar una cosa de una parte á otra. Mittere || Perdonar, alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obliga cion. Remittere, absolvere, liberare. || Dejar, diferir ó suspender, Differre. !) Ceder ó perder alguna cosa de la intension de su calidad. Se usa como neutro, y mas regularmente como recíproco.

Remitti, diminui. || Dejar al juício ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa. Se usa tambien como recíproco Permittere. UIl ant. DEVOLVER. || ant. Encargar, confiar, dejar.

|| Referirse, citando por comprobacion algun (Advertir al lector dónde se halla tratada mas extensamente en el mismo libro la materia, ó el ] instrumento en que se incluye lo que se expresa ó indica. In probationem rem aliquam vocare, adducere. Llli Referirse á lo dicho en otra parte.]

la historia de «remitir», de obra en obra →

abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra

El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Remitir», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/remitir.