Diccionario nacional

Ramón Joaquín Domínguez · 1846-1847

Remitir

tomo 2 · página 1494 · ver la página del original

Remitir, v. a. Enviar cualquier cosa de una parte á otra. || Perdonar, absolver, indultar; alzar la pena, eximir ó libertar de alguna obligacion etc. || Dejar, aplazar, diferir ó suspender. || Ceder ó perder alguna cosa, de la intension de su calidad. Se usa como neutro y mas comunmente como recíproco, en esta acepcion. || Dejar al juicio ó dictámen de otro la resolucion de alguna cosa; someterla á su conocimiento, á su parecer etc. || Referirse citando por comprobacion algun instrumento en que se incluye lo que se espresa ó indica etc. || Se usa tambien, y mucho, como pronominal.

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