discernir
En 17 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
DISCERNIR, pág. 679 · el artículo y su página del original →
DIS CERNI R del verbo Latino discerno.is. discreui discretum separo, di uido, diiudico, distinguo, dispicio: vale vulgarmente distinguir vna cosa de otra, y hazer juyzio dellas, de aqui se dixo Discreto, el hombre cuerdo y de buen seso, que sabe ponderar las cosas y der acade rat se logar. En las Religiones llaman discretos a los que escogen y apartan de la comunidad para embiar a sus capitulos, en Breues Apos tolicos, se vsa este termino discreto vi ro,a quien cometen alguna causa.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Discernir, pág. 295 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. v.a. Distinguir una cosa de otra, conocer y ajuiciar la diferencia que hai entre las dos. T’iene la anomalia de recibir i antes de la e en algunas personas de los tiempos presentes: como Yo discierno, discierne tu, discierna aquel, &c.Viene del Latino Discernere, que significa esto mismo. En lo antiguo se decia Discerner. Lat. Dijuditare. Di Amguere. Oispicere. SAAV. Empr.7. Sin que la prudencia llegue à uiscernir lo honesto de lo malo, y lo util de lo dañoso. CORN. Chron. tom.t. lib.1. cap.4. Esta invencion de los Escúdos se hizo para acreditar la antigucdad de los linages, y pat a discernir lo noble de lo plebeyo. DISCERRIR. Vale tambien distinguir, ù diferenciar physicamente…
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Discernír, pág. 685 · el artículo y su página del original →
DISCERNÍR, conocer, juzgar exactamente sa verdad, ó bondad de alguna cosa. Fr. Discernér. Lat. Discérnere, dignóscere, internóscere. It. Distinguere. DISCERNÍR, diferenciar, V.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Discernir, pág. 303 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. v. a. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas. Discernere, dijudicare. || Distinguir y comprender la diferencia. de. lac cosas nor.de.los-sentidos Distinguere, internoscere, || for. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo. Judiciali auctoritate pupill: tutelam aus quodlibes aliud negotium committere.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Discernir, pág. 288 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. a. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas. Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de lo sentidos. I for. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo. DISCIPLINAf. Doctrina, instruccion de, alguna persona, especialmente en lo moral. !Arte, facultad, ciencia,! Begla, órden, método en el modo de xivir. ((Tiene, uso hablando de la mili- ¡tí y de los estados eclesiásticos secular, y regular.)] ! Instrumento hecho ordinariamente, de cáñamo cou varios ramales, cuyos extremos que llaman cacelones, son mas gruesos, y sirve ,para azorar. (Usase mas comunmente en plural.) U Accion ó efecto de azotar.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Discernir, pág. 266 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. a. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas. Discernere, dijudicare. || Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos. Distinguere, internoscere. || for. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo. Judiciali auctoritate negotiumcommittere.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Discernir, pág. 627 · el artículo y su página del original →
Discernir, v. a. Distinguir clara y perspicuamente una cosa de otra, por la diferencia que hay entre ellas. || Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos (Acad.) || For. Encargar de oficio el Juez á alguno la tutela de un menor U otro cargo.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Discernir, pág. 407 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. a. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas, Discernere, dijudicare. !) Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos Distinguere, internoscere. [ for. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo. Judiciali auctoritate negotium committere.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Discernir, pág. 257 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. a. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas, Discernere, dijudicare. || Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos. Distinguere, internoscere. || for. Encargar el 258 DIS j juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo. Judiciali auctoritale negotium comy múllere.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Discernir, pág. 283 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. a. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas. || Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos. || for. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Discernir, pág. 799 · el artículo y su página del original →
v. a.: distinguir una cosa de otra por la diferencia que existe eutre amhas, ya sea valtetdose del juicio o criterio, ya sea con el auxiho de los sentidos. =Jurisp.: dar o confirmar el juez un nombramento a alguna persona para que ejerza su cargo, como discernir una tutorta o curadorta
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Discernir, pág. 214 · el artículo y su página del original →
Discernir. Activo. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas. ( Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos. || Forense. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela menor ú otro cargo. ETIMOLOGÍA. Latín discernère, conocer la diferencia de las cosas; del prefijo intensivo dis y cernère, cerner; DISCERNERE alba et atra, distinguir lo blanco de lo negro: catalán, discernir; francés, discerner; italiano, discernere. SINONIMIA. Discernir, distinguir. Discernir es un acto puramente mental: distinguir es un acto mental, que puede ser verbal igualmente, en cuyo caso la distinción es la expresión del discernimiento. Como actos puramente…
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Discernir, pág. 391 · el artículo y su página del original →
Discernir. (Del lat, discernere.) a Distinguir una cosa de otra, señalando la diferencia que hay entre ellas. Comun mente se refiere á operaciones del áni mo.] For. Encargar de oficio á uno el juez la tutela de un menor, ú otro cargo.
1886-1893 Cuervo
Rufino José Cuervo, Diccionario de construcción y régimen de la lengua castellana · la obra
Discernir, pág. 1243 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. D. a) Percibir los objetos por medio de los sentidos distintantente y diferenciándolos de otros (trans.). Dicese, como en la aplicación siguiente, « discernir dos cosas, ésta y aquélla, ó ésta de aquéllà. » x) « Engáñome, dice el autor, cuando veo alguna cosa por cuerpo diáfano é transparente, porque me parece ó mayor ó menor de lo que es, ó de otra cantidad é calidad de lo que tiene, y no puedo discerner rectamente. » Comend. Griego, Lab. 16 (71). » En el grave estado mio ! Me ofende al prevenir y al fin discierno! Céfiro breve y Aquilon eterno. » llerr. 2, son. 96 (R. 32. 3251). » La lengua discierne los sabores y distingue lo dulce de lo amargo, y lo suave de lo desabrido. »…
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Discernir, pág. 847 · el artículo y su página del original →
Discernir. Activo. Distinguir una cosa de otra por la diferencia que hay entre ellas. ! Distinguir y comprender la diferencia de las cosas por medio de los sentidos I Forense. Encargar el juez de oficio á alguno la tutela de un menor ú otro cargo. ETIMOLOGIA. Del latin discernère, conocer la diferencia de las cosas; del prefijo intensivo dis y cernère, cerner: catalán, discernir; francés, discerner; italiano, discernere.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Discernir, pág. 361 · el artículo y su página del original →
Discernir. (Del lat. discernére) a. Distinguir una cosa de otra, señalando la diferencia que hay entre ellas. Comúnmente se refiere á operaciones del ánimo. || For. Encargar de oficio á uno el juez la tutela de un menar. ú otro cargo.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Discernir, pág. 602 · el artículo y su página del original →
DISCERNIR. (del lat. discernère). v. a. Distinguir una cosa de otra, señalando la diferencia que hay entre ellas. Comunmente se reflere a operaciones del ánimo. || Amér. Decretar, otorgar, conceder, dar, tributar, tratándose de premios, recompensas u honores.! For. Encargar de oficio a uno el juez la tutela de un menor, u otro cargo.—Rég. DISCERNIR (una cosa) de otra
acepción con acepción en el diccionario oficial →