daño
En 15 obras de la biblioteca, de 1611 a 1899: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
DAÑO, pág. 634 · el artículo y su página del original →
DAñO, el menoscabo que vno recibe en su perfona, hazienda, honra, y to do lo que le puede pertenecer, del nombre Latino damnû̃, à verbo demo. mis. dẽpsi, por quitar, vel a demptione. Marcus Varro. de lingua Latina lib.4. Dam num, a demptione, cum mious refactũ, quam quanti cõstat. Sin daño de barras, suele por alusion sinificar tanto como sin perjuyzio de tercero. Est à tomada est a manera de hab ar de los jugadores de argolla, quando tirando al gun cabe tuercen el argolla, no siendo su intento tirar a ella, sino a la bola del cótrario. Da ñar hazer daño. Dañarse, estragarse, corromperse, y maltratarse vna cosa, recibiendo daño. Dañado, lo tal estragado, &c. Dañino. el animalejo trauieso…
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Daño, pág. 6 · el artículo y su página del original →
DAÑO. s. m. Detrimento, perjuicio, ò menoscabo que se recibe en hacienda, persona ù honra. Viene del Latino Damnum, que significa esto mismo. FUER. R. lib. 4. tit. 4. l. ao. Quando algun daño viniere à alguno por culpa de otro, ò por su consejo ò por su mandado, sea tenúdo de pecharle el dano, assi como si el mismo lo ficiesse. NAVARR. Man. cap. 17. num. 140. Pero en el un caso y en el otro son obligados à restituir el daño, si se hiz9 notable. Dar, ò tomar dinéro à dano. Phrase con que se explica dár ò recibir dinéro, pagando ò percibiendo interéses por retenerle. Dixose assi, porque sos intereses son menoscabo ù daño de quien los paga. Lat. Pecuniam fœnore sumere. Fœnori pecuniam dare…
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Daño, pág. 588 · el artículo y su página del original →
DAñO, pérdida, ruina, perjuicio en alguna cosa. Fr. Dam, desavantage, dommage. Lat. Damnum, detriméntum, jactúra. It. Danno, V. Agravio. PENA DE DAño, termino de Teolojia, privación perpetua de la vista de Dios, cual es la de los que mueren con culpa grave. Fr. Dam. Lat. Actérna divinae praeséntiae post mortem privátio, poena damni. It. Damno: tambien se dice de la que dura algun tiempo. DAnO EMERJENTE, WV. LOgIO. Dár, ó TOMAR DINERO A DAÑO, dár, ó recibir dinero, pagando, ó percibiendo intereses por retenerle. Fr. Donnér, & c. á interet. Lat. Pecúniam foénore súmere, foénori pecûniam dare.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Daño, pág. 276 · el artículo y su página del original →
DAÑO. s. m. Detrimento, perjuicio ó menoseute que te ceelbe en latamrar le metad 5 la persona. Damnum, Aetrimentum. 4 DAÑO DE ALGUNO. mod. adv. Lo mismo queZ SU CUENTA Y RIESGO. FOCO DAÑO ESPANTA, Y MUCHO AMANSA. ref. que enseña que cuando son ligeros los contratiem pos, no hacen mas que causar alguna perturbacion; pero cuando son grandes enseñan corrigen. Minimo malo tenemur, marimo corripimur SIN DAR̃O DEMBARRAS. exp. Sin dañó 6́ peligre propio ó ageno. Rebus incolumibus, integris. HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO. ref. que aconseja cuanto debemos evitar las malas compañías
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Daño, pág. 254 · el artículo y su página del original →
DAÑO. s. m. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. Dam um , detrimentum. á DAÑO DE ALGUNO. mod. adv. Á SU CUENTA Y RIESGO. POCO DAÑO ESPANTA, Y MUCHO AMANSA. ref. que enseña que cuando son ligeros los contratiempos, no hacen mas que causar alguna perturbacion; pero cuando son grandes enseñan y corrigen. Minimo malo tenemur, maxtmo corripimur. . SIN DAÑO DE BARRAS. exp. Sin daño ó peligro propio ó ageno. Rebus incolumibus , integris. HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO ref. que aconseia cuanto debemos evitar las malas compañías.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
DAño, pág. 243 · el artículo y su página del original →
AÑO. m. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. I Á DAÑO DE aL6UxO. mod. adv. Á su cuenta y riesgo. I SIN DAÑO DE BARRAS. expr. Sin daño ó peligro propio ó ajeno.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Daño, pág. 225 · el artículo y su página del original →
DAÑO. m. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. Damnum, detrimentum. Á DAÑO DE ALGUNO. mod. ad. A su cuenta y riesgo. || Poco DAÑO ESPANTA , Y MUCHO AMANSA. ref. que enseña que cuando son ligeros los contratiempos, no hacen mas que causar alguna perturbacion; pero cuando son grandes enseñan y corrigen. Minimo malo tenemur , maximo corripimur. SIN DAÑO DE BARRAS. expr. Sin daño ó peligro propio ó ajeno. Rebus incolumibus, integris. HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO. refr. que aconseja cuánto debemos evitar las malas compañías.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Daño, pág. 537 · el artículo y su página del original →
Daño, s. m. Perjuicio, menoscabo, pérdida, detrimento, tanto físico como moral. || Obstáculo, contratiempo, mal. li Dolor. || Todo lo que es contrario y opuesto á nuestro interés. || Com. El quebranto ó pérdida que se sufre en los cambios y giros, acepcion de que no ha hecho casola Academia. || Á daño de algunos loc. adv. á su cuenta y riesgo. || Sin daño de barras; loc. fam. sin peligro propio ó ajeno. || Refr. Poco daño espanta, y mucho amansa; las desgracias leves cáusan una impresion lijera, pero los grandes males corrígen y enséñan.—Huye del malo, que trae daño; sepárate del malvado; cuya compañía trae siempre malas consecuencias.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Daño, pág. 343 · el artículo y su página del original →
DAÑO. m. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. Damnum, detrimentum. Á DAÑO DE ALGUNO. mod. adv. A su cuenta y riesgo. || Poco DAÑO ESPANTA, Y MUCHO AMANSA. ref. que enseña que cuando son ligeros los contratiempos, no hacen mas que causar alguna perturbacion; pero cuando son grandes, enseñan y corrigen. Minimo malo tenemur, maximo corripimur. || SIN DAÑO DE BARRAS. expr. Sin daño ó peligro propio ó ajeno. Rebus incolumibus, integris.!] HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO. refr. que aconseia cuánto debemos evitar las malas compañías.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Daño, pág. 218 · el artículo y su página del original →
DAÑO. m. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. Dameum , delrimentum. || Á DAÑO DE ALGUNO. mod. adv. Á su cuenta y riesgo. [| poco DAÑO ESPANTA, Y MUCHO AMANSA. ref. que enseña que cuando son ligeros los contratiempos, no hacen mas que causar alguna perturbacion; pero cuando son grandes enseñan y corrigen. émo malo tenemur , mamimo corripimur. || SIN DAÑO DE BARRAS. expr. Sin daño ó peli propio ó ajeno. Rebus mcolumibus, integrís. || HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO. refr. que aconseja, cuánto debemos evitar las malas compañias.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Daño, pág. 731 · el artículo y su página del original →
s. m.: detrimento, perjuicio, menoscabo que se recibe en la honra, hacienda o persona.—Todo lo que es contrario u opuesto a nuestro interes.— met.: dolor, pena; y así se dice: la vista de ese infeliz me hace daño, por me causa pena a dolor.—fr. : A DAÑO DE ALGUNOa su cuenta y riesgo.—DAR O TOMAR DINERO A DAÑO: prestarlo o recibirlo con interes.—SIN DAÑO DE BARRAS: sin daño o peligro propio o ajeno.—ref.: Poco DAÑO ESPANTA Y MUCHO AMANSA : enseña que cuando son lijeros los contratiempos no hacen mas que causar alguna perturbacion, pero cuando son grandes, enseñan y corrijen.—HUYE DEL MALO QUE TRAE DEL DAÑO; aconseja que se eviten las malas compañías =Com.: el quebranto o pérdida que se sufre…
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Daño, pág. 18 · el artículo y su página del original →
Daño. Masculino. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. A DAÑO DE ALGUNO. Modo adverbial. A su cuenta y riesgo. POCO DAÑO ESPANTA, Y MUCHO AMANSA. Refrán que enseña que cuando son ligeros los contratiempos, no hacen más que causar alguna perturbación; pero cuando son grandes, enseñan y corrigen. I SIn DAÑO DE BARRAS. Expresión. Sin daño ó peligro propio ó ajeno. HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO. Refrán que aconseja cuánto debemos evitar las malas compañías. PAGAR DAÑOS Y PERJUICIOS. Forense. Pagar los desperfectos y gastos que ocasiona alguna cosa. ETIMOLOGÍA. Latín damnum; catalán, dany. SINONIMIA. Daño, perjuicio. El daño es más material y más…
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Daño, pág. 336 · el artículo y su página del original →
Daño. Del INr daxaum mn Éfecto de dañar ó dañarse. I emergente. For. En los contratos. el que se sigue de la de tencton del dinero. A daño de uno. m adv. A su cuenta y riesgo. En daño de una persona o coxa. m. adv En perjuicio suyo.! Poco daño espanta, y mucho amansa. ref. que enseña que los con tratiempos, cuando son ligeros, no hacen mas que causar alguna perturbacion, pe ro cuando son grandes. enseñan y corri gen.!Sin daño de barras. loc. adv tig. Sin daño ó peligro propio ó ajeno.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Daño, pág. 614 · el artículo y su página del original →
Daño. Masculino. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. A DAÑO DE ALGUNO. Modo adverbial. A su cuenta y riesgo.! Poco DARO ESPANTA, Y MUCHO AMANSA. Refrán que enseña que cuando son ligeros los contratiempos no hacen más que causar alguna perturbación; pero cuando son grandes, enseñan y corrigen. I SIN DAÑO DE BARRAS. Expresión. Sin daño ó peligro propio ó ajeno. || HUYE DEL MALO, QUE TRAE DAÑO. Refrán que aconseja cuanto debemos evitar las malas companias. I PAGAR DAROS Y PERJUICIOS. Forense. Pagar los desperfectos y gastos que ocasiona alguna cosa. ETIMOLOGIA. Del latin damnum: catalán, dany.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Daño, pág. 311 · el artículo y su página del original →
Daño. (Del lat. damnum.) m. Efecto de dañar ó dañarse. || emergente. For. En los contratos, el que se sigue de la detención del dinero. || Á daño de uno. m. adv. Á su cuenta y riesgo. || En daño de una persona ó cosa. m. adv. En perjuicio suyo. || Poco daño espanta, y mucho amansa. ref. que enseña que los contratiempos, cuando son ligeros, no hacen más que causar alguna perturbación; pero cuando son grandes, enseñan y corrigen. ||Sin daño de barras. loc. adv. fig. Sin daño ó peligro propio ó ajeno.