Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana

Juan Peñalver · 1842

DAño

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AÑO. m. Detrimento, perjuicio ó menoscabo que se recibe en la honra, la hacienda ó la persona. I Á DAÑO DE aL6UxO. mod. adv. Á su cuenta y riesgo. I SIN DAÑO DE BARRAS. expr. Sin daño ó peligro propio ó ajeno.

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El texto de Peñalver (1842) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «DAño», en Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana (1842), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/penalver/dano.