violario
En 12 obras de la biblioteca, de 1817 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 894 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. s. m. p. Ar. La pension anual que se acostumbra dar a la persona que entra en religion por el poseedor de los bienes paternos. Pensionis annuae genus monachis solvi solitae.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 848 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. s. m. p. Ar. La pension anual que se acostumbra dar á la persona que entra en religion por el poseedor de los bienes paternos. Pensionis annua genus monachis solvs solita
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Violario, pág. 784 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. m. p», Ar. Pension en quese acestumbra dar á da perso que entra en seligion por el poseal e los hinaes puerros. , "VIOLENCIA. A. Fuerza é impela des acciones. || Fuerza que se le la á alguna cosa para sacaria de su esti «do, medo ó sitisacion natural. [Fue ¿ 3a con que á alguno se le obliga. hacer lo que nd quiere, por. medio á que no puede resiabir. I mel. Accion violenta ó contra el natural modo de proceder. || met. Siniestra is -turpretacion ó aplicacion de algu tezto Ó proposicion. || met. Demasisdo rigor ó actividad de las cosas en su especie. || met. Aste torpé ejecir tado contra la voluntad de ssgun mujer. X
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 746 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. m. p. Ar. La pension anual que se acostumbra dar á la persona que entra en religion por el poseedor de los bienes paternos. Pensionis annuae genus monachis solvi solitae.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Violario, pág. 1117 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO, m. p. Ar. La pension anual que se acostumbra dar á la persona que entra en religion por el poseedor de los bienes paternos. Pensionis annude yenas monachis solvi solitde
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 715 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. m. pr. Ar. La pension ansal que se acostumbra dar'á la persona que entra en religion por el poseedor de los bienes paternos. sionis annue genus monachis solul solita.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 796 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. m. pr. Ar. La pension anual que acostumbra dar á la persona que entra en religion el poseedor de los bienes paternos.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Violario, pág. 526 · el artículo y su página del original →
Violario. Masculino. Provincial Aragon. La pension anual que acostumbra dar á la persona que entra en religion el poseedor de los bienes paternos.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 1092 · el artículo y su página del original →
Violario. m. pr. Ar. Pensión anual que acostumbra dar á la persona que entra en religión el poseedor de los bienes paternos.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Violario, pág. 716 · el artículo y su página del original →
Violario. Masculino. Provincial Aragón. La pensión anual que acostumbra dar á la persona que entra en religión el poseedor de los bienes paternos.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Violario, pág. 1022 · el artículo y su página del original →
Violario. (Del b. lat. vivularium; de viva, comida; del lat. vivére, vivir.) m. pr. Ar. Pensión anual que acostumbra dar á la persona que entra en religión el poseedor de los bienes paternos.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Violario, pág. 1664 · el artículo y su página del original →
VIOLARIO. (del b, lat, vivolarius, de viva, comida, y éste del lat. vivère, vivir). m. prov. Ar. Pensión anual que suele dar a la persona que entra en religión el poseedor de los bienes paternos
acepción con acepción en el diccionario oficial →