depositaria
En 16 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Depositaria, pág. 76 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARIA. (Dgpoütaria, ) s. f. El firio, ò parage donde se hacen los deposiros. Lat. Locus ubi res deponitur. Depositum, i. DLPOSITARIA GENERAL. Oficio u empléo público, que suele haver en algunas Villas y Ciudades de estos Reinos, donde se tienen arcas en que se depositan los caudales de menores, de redenciones de censos, y otros, mientras se les da el destino que deben tener. Lat. Commune, vel generale depositum.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Depositaría, pág. 610 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA, el sitio en que estan, ó se hacen los depósitos. Lat. Depósiti locus; y segun otros depósitum, V. Depósito.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Deposítaría, pág. 286 · el artículo y su página del original →
DEPOSÍTARÍA... f. El sitio ó parage donde se hacen los depositos. Locus ubi res deponitur. DEPOSITARIA GENERAL. Oficio ó empleo publico que suele haber en algunas ciudades y vi Ilas, que tienen en custodia los caudales me nores, redenciones de censos &c. que se depo sitan en arcas. Commune, publicum depositum DEPOSITARIO, RIA. adj. Lo perteneciente al depósito. Ad depositum pertinens DEPOSITARIO. met. Lo que contiene ó encierra alguna cosa. Repositorium.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Depositaría, pág. 263 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA. s. f. El sitio 6.parage donde se hacen los depósitos. Locus abjt res deponitur. DEFOSITARÍA GENERAL. Oficio ó empleo público que suele haber en algunas ciudades y vilas, que tienen en custodia los caudales me» nores, redenciones de cejisos &c, que se depor sitan en arcas. Commune, publicum depositum. || RIA. adj» Lo,perteneciente al depósito. Ad depositum pertinens. || met. Lo que contiene ó encierra alguna cata Pergcitaciom. || RJA. s. m. y f. La persona en quien se deposita alguna cosa. Depositarins. || El que anualmente se nombra en todos los lugares donde hay pósito para que re. ciba y custodie los granos. y caudales de él llevando cuenta y razon de 5u entrada y salida…
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Depositaría, pág. 252 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA. f. El sitio, paraje do de se hacen los depósitos. f GENERAL. Oficio, empleo público que ] pone haber en algunas cindades y vi- " DEPOSITARIO, RIA. met. Que contiene Ó encierra alguna cosa. I m. y f. Persona en quien se deposita. |¡ Bl que anualmente se nombraba en todos los lugares donde hay pósito para recibir y custodiar los gramos y caudales de él, llevando cuenta y razon de su entrada y salida. I GENERAL. El que ejercia el oficio de la depositaría general. || adj. Perteneciente al depósito.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Depositaría, pág. 233 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA. f. El sítio ó paraje donde se hacen los depósitos. Locus ubi res deponitur. Y GENERAL. Oficio ó empleo público que suele haber en algunas ciudades y villas, que tienen en custodia los caudales de menores, redenciones de censos etc. que se depositan en arcas. Communs, publicum depositum.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Depositaría, pág. 554 · el artículo y su página del original →
Depositaría, s. f. El sitio, edificio, local ó paraje en que se hácen los depósitos. || general; oficio ó empleo público que suele haber en algunas ciudades y villas, que tiénen en custodia los caudales de menores, redenciones de censos etc. que se depositan en arcas.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Depositaría, pág. 356 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA. I. El sitio ó paraje donde se hacen los de pósitos. Locus ubi res deponitur. Tl) El tiempo que dura el de pósito. || El cargo de depositario. || El derecho que percibe depositario. 111 — GENERAL. Oficio ó empleo público que suel haber en algunas ciudades y villas, que tienen en custodia lo caudales de menores, redenciones de censos etc., que se deposi tan en arcas. Commune, publicum depositum *7
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Depositaría, pág. 226 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA. f. El sitio ó paraje donde se hacen los depósitos. Locus ubi res deponitur. || En algunas oficinas y dependencias públicas donde los caudales no son muy cuantiosos, equivale Á TESORERIA. |] GENERAL. Oficio ó empleo público que suele haber en algunas ciudades 2 villas, que tienen en custodia los caudales de menores, redenciones de censos etc. que se depositan en arcas. Commune, publicum depositum.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Depositaría, pág. 250 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARÍA: f. El sitio ó paraje donde se. hacen los depósitos. || En algunas oficinas y dependencias públicas, donde los caudales no son muy cuantiosos, equivale á TESORERÍA. || GENERAL. Oficio ó empleo público, que suele haber en algunas ciudades y villas, que tie-” nen en custodia los caudales de menores, re denciones de censos, etc., que se depositan - en arcas.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Depositaria, pág. 748 · el artículo y su página del original →
s. f.: el sitio o paraje donde se hacen los depositos de caudales y efectos.—El tiempo que dura el depósito.—El cargo de depositario.— El derecho que percibe el depositario. =Adm.: DEPOSITARÍA GENERAL: oficio o empleo que solia haber en algunas ciudades para custodiar los caudales de menores, redenciones de censos, etc. que se depositaban en arcas
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Depositaria, pág. 68 · el artículo y su página del original →
Depositaria. Femenino. El sitio ó paraje donde se hacen los depósitos. En algunas oficinas y dependencias públicas, donde los caudales no son muy cuantiosos, equivale á TESORERÍA. I GENERAL. Oficio ó empleo público, que suele haber en algunas ciudades y villas, que tienen en custodia los caudales de menores, redenciones de censos, etc., que se depositan en arcas. ETIMOLOGÍA. Depositar: catalán, depositaría.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Depositaria, pág. 348 · el artículo y su página del original →
Depositaria. (De depositar.) f. Sitio ó paraje donde se hacen los depósitos. Tesorería de la oficina ó dependencia pública donde los caudales no son muy cuantiosos. ! general. Oficio ó empleo público, que suele haber en algunas ciu dades y villas, para custodiar caudales de menores, redenciones de censos, etc., que se depositan en arcas.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Depositaría, pág. 666 · el artículo y su página del original →
Depositaría. Femenino. El sitio ó paraje donde se hacen los depósitos. ¡En algunas oficinas y dependencias públicas, donde los caudales no son muy cuantiosos, equivale á TESORERIA.) GENERAL. Oficio ó empleo público que suele haber en algunas ciudades y villas que tienen en custodia los caudales de menores, redenciones de censos, etc., que se depositan en arcas. ETIMOLOGIA. De depositar: catalán, depositaria.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Depositaría, pág. 323 · el artículo y su página del original →
Depositaría. (De depositar.) f. Sitio ó paraje donde se hacen los depósitos. |] Tesorería de la oficina ó dependencia pública donde los caudales no son muy cuantiosos. || Destino ó cargo de depositario. [| general. Oficio ó empleo público, que suele haber en algunas ciudades y villas, para custodiar caudales de menores, redenciones de censos, ete., que se depositan en arcas.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Depositaria, pág. 541 · el artículo y su página del original →
DEPOSITARIA. (de depositar). f. Sitio o prado donde pe hacen los depósitos. || Tesorería de la oficina o dependencia pública donde los enudales no son muy cuantiosos. || Destino o cargo de depositario. i general. Ofcio o bles público que había en algunas ciudades y villas para custodiar caudales de menores, redenciones de censos, etc., que se depositaban en Ins arcas. -
acepción con acepción en el diccionario oficial →