La historia de una palabra

compensar

En 15 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1611 Covarrubias

Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra

COMPENSAR, pág. 494 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR, galardonar, dando por vna cosa otra. Lat: compensare, id est, retribuere, remunerare, &c. Compensacion, el galardon, remuneracion, y premio que se da por cosa q se ha recebido. Compensable, lo que se puede galardonar. Recompenfa, lo mesmo que compensacion, y mas Castellano; y assi es termino mas vsado, re compenfa. Competencia, la concurren cia de dos, o mas personas a vna cosa que se pretende. Competidores, los que tienen tal pretension. Competir, altercar, pretender vna mesma cosa del verbo Latino competo. is. honorem, dignitatem, vel aliud quippiam contra aliquem peto.

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

Compensar, pág. 201 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. v. a. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algun beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Úsase tambien como recíproco. || V. n. Gozar de algun bien en grado equivalente al mal que se ha padecido, e al contrario. Compensare. COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. f. Resarcirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes; y asi se dice: que los malos años se COMPENSAN con los buenos. Compensari. COMPENSARSE UNO Á sI MISMO. f. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le a hecho. Redintegrari, in integrum restitui.

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Compensar, pág. 199 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. a. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle al beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. II COMPENGARSE UNA COSA CON OTRA. fr. Resarcirse las pérdidi con lat ganancias, ó los males con los bienes. COMPENSARSGUNO A SÍ WENO. ih Resarcirse uno por su mano del daño que otro le ha hecho.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Compensar, pág. 178 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. a. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algun beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Usase tambien como recíproco. Compensare. COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. fr. Resacirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes. Compensari. Y COMPENSARSE UNO Á SÍ MISMO. fr. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho. Redintegrari, in integrum restitui.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Compensar, pág. 423 · el artículo y su página del original →

Compensar , v. a. Resarcirá uno del daño ó perjuicio , ofensa , agravio, etc. por medio de una cosa capaz de repararlo: v. g. Compensar una pérdida con una ganancia, una hora de trabajo con otra de descanso etc. || Causar ú ocasionar males, pérdidas, perjuicios, ofensas, elc. respectivamente iguales á los bienes, ganancias, favores ú obsequios ya ocasionados: v. g. Compensas con insultos y ofensas las demostraciones de afecto que te he manifestado, los favores que te tengo hechosete. || Devolver bien por bien, pagar un mal con otro mal, un obsequio con otro obsequio, un insulto con otro insulto etc. v. g. Mehas hecho un favor y te lo compenso con otro.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Compensar, pág. 269 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. a. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algun beneficio en Cretribucion de otro, ó efectuar de cualquier modo el] resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Usase tambien como reciproco. Compensare. || COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. fr. Resarcirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los biencs. Compensari. COMPENSARSE UNO A sí MISMO. fr. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho. Redintegrari, in integrum restituì.

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Compensar, pág. 172 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. a. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algun beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Usase tambien como recíproco. Compensare. || COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. fr. esarcirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes. Compensari. || COMPENSARSE UNO Á sí mismo. fr. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho. Redintegrari, in integrum restitus.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Compensar, pág. 191 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. a. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algun beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Úsase tambien como recíproco. || COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. fr. Resarcirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes. || comPENSARSE UNO Á SÍ MISMO. fr. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho.

1870 Gaspar y Roig

Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra

Compensar, pág. 609 · el artículo y su página del original →

V. a. : dar una persona a otra alguna cosa, hacerle algun beneficioten retribucion de otro recibido, o efectuar de cualquier modo el resarcimiento del daño, agravio o perjuicio que le ha causado. Usase tambien como r.—fr.: COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA: resarcirse las pérdidas con las ganancias, o los males con los bienes

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Compensar, pág. 965 · el artículo y su página del original →

Compensar. Activo. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algún beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Usase también como reciproco. COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. Frase. Resareirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes. ( COMPENSARSE UNO Á sí MISMO. Frase. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho. ETIMOLOGÍA. Latín compensare, resarcir, igualar; de cum, con, y pensare, pesar con cuidado: frecuentativo de pendère, pesar: italiano, compensare: francés, compenser; provenzal, compensar, compessar: catalan, compensar, compensarse.—El latín compensare no es otra cosa que la forma intensiva de compendere…

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

Compensar, pág. 266 · el artículo y su página del original →

Compensar. Del lat, compensare, de cum, cun. y pensâre. pesar.. a. Igualar en opuesto sentido los efectos de un cuerpo con los de otro. [ Dar alguna cosa ó ha cer un beneficio en resarcimiento del daño, perjuicio ó disgusto que se ha cau sado. t'. t. c. r. Compensarse uno á si mismo. fr. Resarcirse por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho. Compensarse una cosa con otra. fr. Re sarcirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes Competencia. (Del lat, competen tia, f. Disputa ó contienda entre dos ó más sujetos sobre alguna cosa. [ Rivalidad. ! Incumbencia. ) Aptitud, idonei dad.)A

1886-1893 Cuervo

Rufino José Cuervo, Diccionario de construcción y régimen de la lengua castellana · la obra

Compensar, pág. 260 · el artículo y su página del original →

COMPEXSAR. T. a) Dar, hacer ó poner lo necesario para igualar los efectos de cansas que obran en sentidos opuestos, ó para restablecer entre cosas descabaladas la proporción debida (trans.). a) « Si Dios, cuando interviene en el orden y eficacia de las fuerzas naturales, compensa por un lado lo que quita por otro --- está claro que el orden no será perturbado.» Mir, Armonia entre la ciencia i ta fe, p. 286 (2a, edic.). « Me será de consuelo, como lo es un buen lance al que ha cenàuo onbgmraembas en vano, que el proyecho de aqué! compensa el trabajo y disgusto de los otros. » Aldrete, Orig. 3. 3 (284). « Con esto en muchos siglos no fue vista, ! Como en esta couquista, Tanta de gatos…

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Compensar, pág. 334 · el artículo y su página del original →

Compensar. Activo. Dar una persona á otra alguna cosa, ó hacerle algún beneficio en resarcimiento del daño, agravio ó perjuicio que le ha causado. Usase también como recípro CO. I COMPENSARSE UNA COSA CON OTRA. Frase. Resarcirse las pérdidas con las ganancias, ó los males con los bienes. COMPENSARSE UNO A Sí MISMO. Frase. Resarcirse uno por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho. ETIMOLOGIA. Del latin compensare, resarcir, igualar; de cum, con, y pensare, pesar con cuidado; frecuentativo de pendère, pesar: italiano, compensare; francés, compenser; provenzal, compensar, compessar; catalán, compensar, compensarse.

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Compensar, pág. 247 · el artículo y su página del original →

Compensar. (Del lat. compensáse. de crm. Con, y pensare. pesar.) a. Ierualar en opuesto sentido el efecto de una cosa con el de otra. COMPENSAR la ditatación de rn cuerpo con da contracción de otro: las prdidas con las ganancias: los males con los bienes. Ú.t. e. r. || Dar alguna cosa ó hacer un beneficio en resarcimiento del daño, perjuicio ó6 disgusto que se ha causado. Ú. t. e. r. ] Compensarse uno á sí mismo. fr. Resarcirse por su mano del daño ó perjuicio que otro le ha hecho.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Compensar, pág. 420 · el artículo y su página del original →

COMPENSAR. (del lat. compensare; de cum, con, y pensare, pesar). v. a Igualar en opuesto sentido el efecto de una cosa con el de otra. U. t. c. r Dar alguna cosa o hacer un beneficio en resarcimiento o indemnización del daño, perjuicio o disgusto que se ha causado. U. t. c. r.—Rég. COMPENSAR (una cosa) con otra

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