arrogar
En 14 obras de la biblioteca, de 1817 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 91 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. V. n. Atribuir, apropiar, usurpar lo que es ageno. Arrogare, sibi assumere:
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 78 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. v. a. Atribuir, apropiar lo que es ageno. Arrogare, assumerE. E. v.r. Atribuirse, apropiarse. Dí. cese de cosas inmateriales, como jurisdiccion, facultades «c. Y mas comunmente se dice de los jueces que usurpan la jurisdiccion de otros. Sibi arrogare.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Arrogar, pág. 84 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. a. Atribuir, apropiar lo que es ajeno. || r. Atribuirse, apropiarse. Dicese de cosas inmateriales; como jurisdiccion, facultad, etc. Y mas comunmente se dice de los jueces que usurpan la jurisdiccion de otros.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 68 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. a. Atribuir, apropiar lo que es ajeno. Arrogare, assumere. Y r. Atribuirse, apropiarse. Dícese de cosas inmateriales; como jurisdiccion , facultad etc. Y mas comunmente se dice de los jueces que usurpan la jurisdiccion de otros. Sibi arrogare.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Arrogar, pág. 179 · el artículo y su página del original →
Arrogar, v. a. Atribuir, aplicar, apropior lo que es ajeno.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Arrogar, pág. 104 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. a. Atribuir, apropiar lo que es ajeno. CNo lo he visto usado como activo en este sentido, || Arrogare, assumere || for. PROUIJAR.III r. Atribuirse, apropliarse. Dícese de cosa fnmateriales, como jurisdiccion, facultad etc.; y mas comun mente se dice de los jueces que usurpan la jurisdiccion d otros. Sibi arrogare
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 66 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. a. Atribuir, apropiar lo que es aje- DO. Arrogare, assumere. || r. Atribuirse, apropiarse. Dícese de cosas inmateriales; como jurisdiccion, facultad etc. Y mas comunmente se dice de los jueces que usurpan la jurisdiccion de otros. Sibá arrogare. ,
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 73 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. a. For. Tomar por hijo al que no tiene padre. || r. Atribuirse, apropiarse. Dícese de cosas inmateriales , como jurisdiccion, facultad, etc.; y más comunmente tratándose de jueces que usurpan la jurisdiccion de otros.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Arrogar, pág. 240 · el artículo y su página del original →
V. a.: atribuir, aplicar, apropiar lo que es ajeno. Es poco o nada usado en este sentido.—r. : atribuirse, apropiarse indebidamente alguna cosabicese de cosas inmateriales, como jurisdiccion, facultad, y mas comunmente de los juezes o tribunales que usurpan la jurisdiccion de otros. =Jurisp.: tomar por hijo a uno que no lo es naturalmente, ni se halla bajo la patria potestad de otro. ARROGATO Geog. España: grana en la proy. y térm. de Câceres, de cuya ciudad dista 3 leguas
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Arrogar, pág. 428 · el artículo y su página del original →
Arrogar. Activo. Forense. Tomar por hijo al que no tiene padre. Recíproco. Atribuirse, apropiarse. Dícese de cosas inmateriales, como jurisdiccion, facultad, etc.; y más comunmente, tratándose de jueces que usurpan la jurisdiccion de otros. ETIMOLOGÍA. Latin arrôgare, atribuirse, de ar, por ad, cerca, y rôgãre, pedir con instancia: catalan, arrogar; francés, arroger; italiano, arrogare.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 103 · el artículo y su página del original →
Arrogar. Del lat arrogare, de ad. y rogare, pedir a. For. Adoptar ó recibir como hijo al que no tiene padre, ó ha sa lido ya de la patria potestad. ! r. Atribuir se, apropiarse. Dícese de cosas inmateria les, como jurisdicción, facultad, etc.; y más comunmente tratándose de jueces que usurpan la jurisdicción de otros.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Arrogar, pág. 475 · el artículo y su página del original →
Arrogar. Activo. Forense. Tomar por hijo al que no tiene padre. 1 Recíproco. Atribuirse, apropiarse. Dicese de cosas inmateriales, como jurisdicción, facultad, etc., y más comúnmente, tratándose de jueces que usurpan la jurisdicción de otros. ETIMOLOGIA. Del latin arrogàre, atribuirse; de ar, por ad, cerca, y rogäre, pedir con instancia: catalán, arrogar; francés, arroger, italiano, arrogare.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Arrogar, pág. 95 · el artículo y su página del original →
Arrogar. (Del lat. arrogáre, de ad, á, y rogúre, pedir.) a. For. Adoptar ó recibir como hijo al que no tiene padre, ó ha salido ya de la patria potestad. || r. Atribuirse, apropiarse. Dicese de cosas inmateriales, como jurisdicción, facultad, etc.; y más comúnmente tratándose de jueces que usurpan la jurisdicción de otros.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Arrogar, pág. 174 · el artículo y su página del original →
ARROGAR. (del lat. arrogâre; de ad, a, y rogäré, pedir). v. a. For. Adoptar o recibir como hijo al que no tiene padre, o ha salido ya de la patria potestad. || v. r. Atribuirse, apropiarse. Dicese de cosas inmateriales, como jurisdicción, facultad, etc., y más comúnmente, tratándose de jueces que usurpan la jurisdicción de otros.
acepción con acepción en el diccionario oficial →