Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana

Juan Peñalver · 1842

Arrogar

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ARROGAR. a. Atribuir, apropiar lo que es ajeno. || r. Atribuirse, apropiarse. Dicese de cosas inmateriales; como jurisdiccion, facultad, etc. Y mas comunmente se dice de los jueces que usurpan la jurisdiccion de otros.

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El texto de Peñalver (1842) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Arrogar», en Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana (1842), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/penalver/arrogar.