Diccionario de Autoridades

la Academia (1726-1739) · 1726-1739

Multar

tomo 4 · página 629 · ver la página del original

MULTAR. v. a. Cargat è imponer à uno alguna pena pecuniaria, por algun exceilo ù delito que ha cometido. Es del Laiino Multare. Recop. lib.2. tit.13.l.8. Tenga assimismo cargo de mirat como se guardan las dichas Ordenanzas, y multar a los Oidores y Alcaldes y oiros Jueces, y Procurador Fiscal, que tienen quitacion con tos dichos oficios, y à los Alcaidcs de Hijosdalgo, y Notarios y Escribanos, si fueren ó paslaren contra estas Ordenanzas. BoeAo. Polit. lib. 3. cap.1 num.49. Tambien podra multar el Corregidót à los Oficiales de la Audiéncia, y à los litigantes que ante el dieren muchas voces.

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