velaciones
En 5 obras de la biblioteca, de 1822 a 1899: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Velaciones, pág. 835 · el artículo y su página del original →
VELACIONES. p. Las bendiciones nupciales que previene y manda la iglesia hayan de recibir a su tiempo los desposados. Nuptiarum so lemnia. ABRIRSE LAS VELACIONES. f. Volver el tiempo en que la iglesia permite que se velen los desposados. Cessare ecclesia leges, quibus nuptiæ certis temporibus vetantar. CERRARSE LAS VELACIONES. f. Suspender la iglesia las velaciones solemnes en los matri mnig er iaztos tiempos del año Muptiarum solemnes ritus suspendi.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Velaciones, pág. 734 · el artículo y su página del original →
VELACIONES. fr. Volver el tiempo en que la Iglesia permite que se velen los desposados. Cessare Ecclesiae leges, quibus nuptiae certis temporibus vetantur. Y CERRARSE LAS VELA - CIONES. fr. Suspender la Iglesia las velaciones solemnes en los matrimonios en ciertos tiempos del año. Nuptiarum solemnes ritus suspendi.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Velaciones, pág. 704 · el artículo y su página del original →
VELACIONES. fr. Volver .el tiempo en que la Iglesia permite que se velen los desposa- “aos. cessare”rdciestal leges, qilius nuptia certis lemporibus vetantur. ' CERRARSE LAS VELACIONES. fr. Suspender la iglesia las VELACIONES solemnes en los matrimonios en ciertos tiempos del año. Nupliarum solemnes rilus susendi, | vÉLACHO. m. Náu!. La vela del mastelero de pros: Prore velum:
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Velaciones, pág. 1075 · el artículo y su página del original →
Velaciones. (Del lat. relatio, acción de tomar el velo.) f. pl. Ceremonia posterior al casamiento y complementaria de él, en la cual y durante la misa se cubre con el velo nupcial á los cónyuges. Abrirse las velaciones. fr. Principiar el tiempo en que la Iglesia permite que se velen los desposados. Cerrarse las velaciones. fr. Suspender la Iglesia las velaciones solemnes en los matrimonios en ciertos tiempos del año.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Velaciones, pág. 1007 · el artículo y su página del original →
velaciones. fr. Principiar el tiempo en que la Iglesia permite que se velen los desposados. !l Cerrarse las velaciones. fr. Suspender la Iglesia las velaciones solemnes en los matrimonios en ciertos tiempos del año.
acepción con acepción en el diccionario oficial →