sumarisimo
En 7 obras de la biblioteca, de 1846 a 1899: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Sumarisimo, pág. 1595 · el artículo y su página del original →
Sumarisimo, ma. adj. sup. de sumario.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Sumarísimo, pág. 1020 · el artículo y su página del original →
SUMARÍSIMO, MA. adj. sup. de sumario.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Sumarísimo, pág. 653 · el artículo y su página del original →
SUMARÍSIMO, MA. adj. sup. de SuNanIo.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Sumarísimo, pág. 728 · el artículo y su página del original →
SUMARÍSIMO, MA. adj. sup. de SUMARIO.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Sumarisimo, pág. 1118 · el artículo y su página del original →
Sumarisimo, ma. Adjetivo superlativo de sumario.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Sumarísimo, pág. 408 · el artículo y su página del original →
Sumarísimo, ma. Adjetivo superlativo de sumario.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Sumarísimo, pág. 934 · el artículo y su página del original →
Sumarísimo, ma. (sup. de sumario.) adj. For. Dicese de cierta clase de juicios, asi civiles como criminales, á que, por la urgencia ó sencillez del caso litigioso, ó por la gravedad ó flagrancia del hecho criminal, señala la ley una tramitación brevísima.
acepción con acepción en el diccionario oficial →