sinalagmatico
En 7 obras de la biblioteca, de 1786 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Sinalagmatico, pág. 497 · el artículo y su página del original →
SINALAGMATICO, ca, adj, que se usa en la Jurisprudencia, y quiere decir cosa que pide retorno, ó recompensa, v. gr. un tratado sinalag; mático, es, el que pide cierta recompensa como en cambio de lo que dá. Fr. Synallagmatique. Lat. Nunallagmaticus.
1856 Monlau
Pedro Felipe Monlau, Diccionario etimológico de la lengua castellana · la obra
Sinalagmático, pág. 412 · el artículo y su página del original →
Sinalagmático (contrato). En jurisprudencia se llama sinalagmático el contrato en que las partes estipulan obligaciones mútuas y recíprocas. Si una de las partes viola el contrato, la otra queda libre de cumplir lo que prometió.—Sinalagmático viene del g. synallagma, comercio, cambio, reciprocidad, formado del verbo synallató, contra-cambiar, c. de syn, con, juntamente, y de allató, yo cambio.
1857 Marty Caballero
Luis Marty Caballero, Vocabulario de todas las voces que faltan á los diccionarios de la lengua castellana · la obra
Sinalagmático, pág. 360 · el artículo y su página del original →
SINALAGMÁTICO, adi. jurisp. Palabra griega que significa, obligatorio de una y otra parte; se aplica á los contratos que producen obligacion con respecto á cada uno de los dos contraventes, como el comodato, el depósito, la prenda, el arrendamiento, etc.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Sinalagmático, pág. 1027 · el artículo y su página del original →
Sinalagmático, ca. Adjetivo. Forense. CONTRATO SINALAGMÁTICO. Contrato que contiene obligación recíproca entre las partes. Por consiguiente, el contrato es SINALAGMÁTICO, cuando los contratantes se obligan mutuamente los unos respecto de los otros. SINALAGMÁTICO es el nombre griego del contrato bilateral. ETIMOLOGÍA. Griego covallaypartxóc (synallagmatihós), forma adjetiva de cvvάλayμα (synállagma), comercio, cambio, mutualidad; de syn, con, y allássein, cambiar, «cambiar unos con otros,» cóy àλλáςςειν: francés, synallagmatique; italiano, sinallagmatico; catalán, sinalagma, recompensa. Sentido etimológico.—El griego sinállagma significó comercio, trueque, sin asociar en un principio ninguna…
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Sinalagmático, pág. 336 · el artículo y su página del original →
Sinalagmático, ca. Adjetivo. Forense. CONTRATO SINALAGMATICO. Contrato que contiene obligación reciproca entre las partes. Por consiguiente, el contrato es SINALAGMÁTICO cuando los contratantes se obligan mutuamente los unos respecto de los otros. I SINALAGMÁTICO es el nombre griego del contrato bilateral. ETIMOLOGIA. Dol griego cuvxλAαμαrixog (synallagmatihós), forma adjetiva de cuvx Aayμa (synallagma), comercio, cambio, mutualidad; de syn, con, y allássein, cambiar: francés, synallagmatique; italiano, sinallagmatico; catalán, sinalagma, recompensa.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Sinalagmático, pág. 917 · el artículo y su página del original →
sinalagmático, ca. (Del gr. er Ve ue rixóc, pertenecionte al contrato) adj. For. Bilateral.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Sinalagmatico, pág. 1518 · el artículo y su página del original →
SINALAGMATICO, CA. (del gr. synallagmatitikós, perteneciente al contrato). adj. For. Bilateral.