remisoria
En 8 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Remissoria, pág. 567 · el artículo y su página del original →
REMISSORIA. s.f. Voz forense. El despacho del Juez con que remite la causa ò el preso à otro Tribunál. Lat. Remissoria littera.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Remisoria, pág. 337 · el artículo y su página del original →
REMISORIA, despacho de.un Juez, que envia alguna causa, &c. á otro. Fr. Lettre de renvoi. Danle el Lat. Remissoride litterae. Tambien se llama en Cast. Remisorial. V.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Remisoria, pág. 709 · el artículo y su página del original →
REMISORIA. 3. f. for. El despacho del juez con que remite la causa ó el preso á otro tribunal dc. Usase mas comunmente en plural. Remissori littere. || RIA. adj Lo que tiene virtud ó facultad de remitir ó perdonar. Remissorius.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Remisoria, pág. 626 · el artículo y su página del original →
REMISORIA. f. for. El despacho del juez con que remite la causa ó el preso á otro tribunal etc. Se usa mas comunmente en plural. Remissoriae, remissivas litterae. REMISO 0 , RIA. ad . Lo que tiene virtud ó facultad de remitiró perdonar. Remittens, absolvens.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Remisoria, pág. 937 · el artículo y su página del original →
REMISORIA. f. for. El despacho del juez con que remite la causa ó el preso á otro tribunal etc. Se usa mas comunmente en plural. Remissoriae, remissivae litterae
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Remisoria, pág. 918 · el artículo y su página del original →
Memisoria. Del lat remasum, suni nu de remittere. rentn, enval. f. Fm. Des pacho con que el juez remite la causa o el preso a otro tribunal, etc U. m. en pl Remisorlo, ria. (Del lat. remazum supino de remittere. solta. desataar ad]. Di cese de lo que tiene virtud o facultad de remitir ó perdonar Hemitente. Del lat, remataoaa venan tenti pe a. de Remitir. Que remite. Med, V Fiebre remitente.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Remisoria, pág. 861 · el artículo y su página del original →
Remisoria. (Del lat. remissum, supino de remittére, remitir, enviar.) f. For. Despacho con que el juez remite la causa ó el preso á otro tribunal, etc. Ú. m. en pl.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Remísoria, pág. 1440 · el artículo y su página del original →
REMÍSORIA. (del lat, remisaum, supino de remittère, remitir, enviar). f. For Despacho con que el juez remite la causa o el preso a otro tribunal. D.
acepción con acepción en el diccionario oficial →