recusar
En 15 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
RECVSAR, pág. 1250 · el artículo y su página del original →
RECVSAR, Latinè recusare. Recusar vn juez, termino forense: recusacion, el tal auto:
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Recusar, pág. 528 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. v. a. No querer admitir ò aceptar alguna cosa. Viene del Latino Recusare, que significa lo mismo. AMBR. MOR. lib.9. cap.2. Tibério no respondió à los Embaxadores, sino à todo el Senado, recusando con mucha modestia esta divina honra. RECUSAR. En lo forense vale poner excepcion al Juez u otro Ministro, para que no conozca ò entienda en la causa. Lat. Judicem rejicere, recusare. RECOP. lib. 2. tit. 10. l. 12. Y otras veces quando se quieren determinar, las partes que procuran dilación, mayormente los possecdores, recusan à alguno o à algunos de los de nuestro Conséjo.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Récusar, pág. 309 · el artículo y su página del original →
RÉCUSAR, proponer contra un Juez causas suficientes para que no conozca en una causa ó diferencia. Fr. Recuser. Lat. Recusationis causas afferre. It. Ricusare. RECUSAR LOS TESTIGOS, &c. V. Reprochar, no admitir, no aceptar.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Recusar, pág. 738 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. v. a. No querer admitir ó aceptar alguna cosa. Recusare. || for. Poner excepcion al juez ú otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa. Judicem rejicere, recusare. RECHAZADO, DA. P. p. de RECHAZAR.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Recusar, pág. 698 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. v. a. No querer admitir Ó aceptar alguna cosa. Recusare. || for. Poner excepcion al juez ú otro ministro para que no conozca Ó entienda en la causa. Judicem rejicere, recusare.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Recusar, pág. 643 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. a. No querer admitir ó aceptar alguna cosa. || fur. Poner excepcion al juez ú otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Recusar, pág. 618 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. a. No querer admitir ó aceptar alguna cosa. Recusare. Y for. Poner excepcion al juez ú otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa. Judicem rejicere, recusare. || Aplícase tambien á los testigos.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Recusar, pág. 1480 · el artículo y su página del original →
Recusar, v. a. Desechar, rechazar, no qnerer admitir ó aceptar alguna cosa elc. || for. Poner es cercion al juez ú otro ministro, para que no conozca ó entienda en la causa, por ser parte interesada en contra de uno, ó por otro motivo, usando del derecho que la ley concede; como se verifica con frecuencia donde el jurado es tribunal competente para los delitos de imprenta. || Aplicase tambien á los testigos. || Se usa tambien como pronominal.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Recusar, pág. 924 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. a. No querer aumur ó acepuar aibuna cuxa. Recusare. || for. Poner excepcion al juez ú otro ministro, para que no conozca ó entienda en la causa. Judicem rejicere, recusare. || Aplícase tambien á los testigos. RECHAZADOR. RA. m. y f. El que rechaza. Qui repellit.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Recusar, pág. 663 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. a. No querer admitir ó aceptar alguna cosa. || for. Poner excepcion ú oponer tacha ó defecto personal al juez ú otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa. || Aplícase tambien á los testigos y escribanos.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Recusar, pág. 626 · el artículo y su página del original →
Recusar. Activo. No querer admitir ó aceptar alguna cosa. ( Forense. Poner excepción ú oponer tacha ó defecto personal al juez ú otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa. ( Aplícase también á los testigos y escribanos ETIMOLOGÍA. Latín récũsare. 1. «Forma verbal de récussus, rechazado; participio pasivo de récûtère, rechazar.» (Anónimo.) 2. Esta etimología no puede admitirse, porque la u de récntè́re es breve, mientras que la u de récusãre es larga. 3. Prefijo re, hacia atrás, y cusare, empujar, frecuentativo de cũdère, golpear, sacudir. (LITTRÉ.) 4. Esta etimología no es más aceptable que la anterior, porque el verbo cũsare, frecuentativo de cũdère, no aparece más que en…
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Recusar, pág. 908 · el artículo y su página del original →
Hecusar. (Del lat, recmsare. a. No querer admitir ó aceptar una cosa. I For. Poner excepción ú oponer tacha ó defecto personal al juez ó á otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa. Aplicase también á los testigos y escri banos.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Recusar, pág. 89 · el artículo y su página del original →
Recusar. Activo. No querer admitir ó aceptar alguna cosa. Forense. Poner excepción ú oponer tacha ó defecto personal al juez ú otro ministro para que no conozca ó entienda en la causa. ] Aplicase también á los testigos y escribanos. ETIMOLOGÍA. Del latin recusare, excusarse con pretextos.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Recusar, pág. 852 · el artículo y su página del original →
Recusar. (Del lat. recusare.) a. No querer admitir ó aceptar una cosa. || For. Poner tacha ó excepción al juez ó al oficial que con carácter público interviene en proceso ó expediente, para que no actúe en él.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Recusar, pág. 1428 · el artículo y su página del original →
RECUSAR. (del lat, recusare). v. a. No querer admitir o aceptar una cosa. For. Poner tacha o excepción al juez o al oficial que con carácter público interviene en un proceso o expediente, para que no actúe en él. RÉCHARITA. Mala grafía de Recabita.
acepción con acepción en el diccionario oficial →