reciprocar
En 6 obras de la biblioteca, de 1786 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Reciprocar, pág. 301 · el artículo y su página del original →
RECIPROCAR, RECIPROCARSE, hacer que tengan, ó tener mutua correspondencia. Fr. Reciproquer. Lat. Mutuum rependere, referre. It. Contraccambiare. V. Sejourn. Oud. &c. Dicc.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Reciprocar, pág. 735 · el artículo y su página del original →
RECIPROCAR. V. a. Hacer que dos cosas se correspondan una á otra mutuamente. Recipro cè agere.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Reciprocar, pág. 695 · el artículo y su página del original →
RECIPROCAR. v. a. correspondan una á Procé agere.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Reciprocar, pág. 640 · el artículo y su página del original →
RECIPROCAR. a. Hacer que dos cosas - se correspondan una á otra mútua— mente das cosas.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Reciprocar, pág. 921 · el artículo y su página del original →
RECIPROCAR. a. poco us. Hacer que dos cosas tengan correspondencla entre sí. Reciprocare. I1 r. poco us. Corresponderse dos cosas mutuamente, Reciprocart
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Reciprocar, pág. 1424 · el artículo y su página del original →
RECIPROCAR. (del lat, reciprocâre). v. a. Hacer que dos cosas se correspondan una a otra mutuamente. U. t.
acepción con acepción en el diccionario oficial →