recargo
En 13 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Recargo, pág. 512 · el artículo y su página del original →
RECARGO. (. m. El nuevo cargo que se hace à alguno. Lat.Nova criminis objectio. RECARGO. En lo Forense es la accion de recargar alrco. Lat. Mandatum rei vincti noviter retinendi. RECARCO. Se llama tambien al aumento ù nueva accesion de la calentura. Lat.Febris accesio, vel incrementum.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Recargo, pág. 297 · el artículo y su página del original →
RECARGO, en lo forense, nuevo cargo que se hace al reo. Fr. Nouvelle charge, &c. Lat. Novi criminis objectio. RECARGO, aumento, ó nueva accesion de calentura. Fr. L' aumentation de la fievre, nouvel acces. Lat. Accessus, incrementum.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Récargo, pág. 734 · el artículo y su página del original →
RÉCARGO. S. m. El nuevo cargo que se hace á alguno. Nova criminis objectio RECARCO. for. La accion de recargar al reo. Mandatum rei vincti noviter retinendi. || El aumento ó nueva accesion de la calentura. Febris access io vel incrementum.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Recargo, pág. 694 · el artículo y su página del original →
RECARGO. s. m. El nuevo cargo que se hace á alguno. Nova criminis objectio. || for. La accion de recargar al reo. Mandatum rei victi noviter retinendi. || El aumento ó nueva accesion de la calentura. Febris accessio vel incrementum.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Recargo, pág. 614 · el artículo y su página del original →
RECARGO. m. Nueva carga ó aumento de carga. Onus oneri additum. Y El nuevo cargo que se hace á alguno. Novae obligationis imputatio. || for. La accion de recargar al reo. Nova objecto criminis. C El aumento ó nueva accesion de la calentura. Febris accessio vel incrementum.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Recargo, pág. 1474 · el artículo y su página del original →
Recargo, s. m. Nueva ó segunda ó repetida carga, ó aumento de carga. || Nuevo ó segundo ó repetido cargo hecho á alguno, ó reproduccion de reconvencion dirigida á determinada persona. || for. La accion ó el efecto de recargar al reo. || Med. El aumento, incremento ó nueva accesion de calentura. || Mil. El tiempo que se hace servir de mas al soldado, sobre el tiempo de ordenanza, por alguna falta cometida en perjuicio de la disciplina ó con menoscabo del mejor servicio etc.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Recargo, pág. 920 · el artículo y su página del original →
RECARGO. m. Nueva carga ó aumento de carga. Onus oner additum.!! El nuevo cargo que se hace á alguno. Novae obligationis imputatio. || for. La accion de recargar al reo. Nova objectio criminis. || El aumento ó nueva accesion de la calentura, Febris accessio vel incrementum.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Recargo, pág. 589 · el artículo y su página del original →
RECARGO. m. Nueva carga ó aumento de carga. Onus oneri additum. || El nuevo cargo que se hace á alguno. Nova obligationis imputatio. Y for. La accion de recargar al reo. Nova -objectio criminis. (| El aumento ó nueva accesion de la calentura. Febris accessio'vel incrementum.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Recargo, pág. 660 · el artículo y su página del original →
RECARGO. m. Nueva carga ó aumento de carga. || El nuevo cargo que se hace á alguno. || for. La accion de recargar al reo. || El aumento ó nueva accesion de la calentura.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Recargo, pág. 613 · el artículo y su página del original →
Recargo. Masculino. Nueva carga ó aumento de carga.) El nuevo cargo que se hace á alguno. ( Forense. La acción de recargar al reo. [El aumento ó nueva accesión de la calentura. ETIMOLOGÍA. Recargar: francés, recharge, rechagement; italiano, ricaricamento.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Recargo, pág. 72 · el artículo y su página del original →
Recargo. Masculino. Nueva carga ó aumento de carga. El nuevo cargo que se hace á alguno. ] Forense. La acción de recargar al reo. El aumento ó nueva accesión de la calentura. ETIMOLOGÍA. De recargar: francés, recharge, rechargement; italiano, ricarimento.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Recargo, pág. 848 · el artículo y su página del original →
Recargo. m. Nueva carga ó aumento de carga. [] Nuevo cargo que se hace u uno. | For. Acción de recargar al reo. ¡| Med. Aumento de calentura.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Recargo, pág. 1423 · el artículo y su página del original →
RECARGO. (de recargar). m. Nueva carga o aumento de carga. || Nuevo cargo que se hace a uno. || For. Acción de recargar al reo. || Med. Aumento de calentura.
acepción con acepción en el diccionario oficial →