pretericion
En 14 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Pretericion, pág. 371 · el artículo y su página del original →
PRETERICION. s. f. term. Escholastico. La forma ò quasi forma que se constituye y denomina pastada : esto es que no existe de presente; pero existio en algun tiempo. Lat. Præteritio. PINED. Monarch. tom.1. cap. 2. S.3. Y esta pronto à creer la preterición, ò futuriciòn, quando suficientemente se le revelare. PRETERICION. En el derecho Civil se entiende la omission del que teniendo hijos herederos forzosos, no hace mencion de ellos en su testamento, para en orden à instituirlos herederos, ù desheredarlos expressamente. Lat.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Pretericion, pág. 208 · el artículo y su página del original →
PRETERICION, figura retórica, que se comete cuando parece no querer decir una cosa al mismo tiempo que se dice sumariamente, sea para alabanza, ó para desprecio. Fr. Preterition. Lat. Practeritio. No diré que es sabio, prudente, valeroso, constante, &c. Las mayorès alabanzas se dan con la pretericion. V. Paralipsis. PRETERICION, en las escuelas la forma, ó cuasi forma que denomina pasado á algun objeto. Fr. Preterition. Danle el Lat. Praeteritio. PRETERICION, en el derecho, omision de el nombre de un hijo en el testamento. Fr. Pretermision, preterition. Lat. Omissio, praeteritio. It. Omissione, de aquí se dice en Cast. Preterir, por pasar así en silencio y le dan el Lat. Praeterire. V. el…
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Pretericion, pág. 661 · el artículo y su página del original →
PRETERICION. s. E Escol. La forma ó cuasi forma que se constituye y denomina Pasada, esto es, que no existe de presente, pero exis. tió en algun tiempo. Preteritio. PRETERICION. En el derecho civil la omision del que teniendo hijos herederos forzosos no hace mencion de ellos en 3u testamento en orden á instituirlos herederos ó desheredarlos expresamente. Pretetitio. * e PRETERICION. Ret. Figura de sentencia por la cual damos á entender que no queremos ha. blar de una cosa, ó que la pasamos en silencio, y no obstante esto la decimos. Preteritio, PRETERIDO, Da. P- p. for. de PRETERIR,
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Pretericion, pág. 610 · el artículo y su página del original →
PRETERICION. f. Escol. cuasi forma que se denom pero que existió en algun En el derecho civil, omis teniendo herederos forzos ce mencion de ellos en su to. I Ret. Figura de sente: cual damos á entender qu remos hablar de una cosa pasamos en silencio, y no esto la decimos.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Pretericion, pág. 586 · el artículo y su página del original →
PRETERICION, f. Escol. La forma ó cuasi forma que se constituye y denomina pasada, esto es, que no existe de presente, pero existió en algun tiempo. Praeteritio. S En el derecho civil la omision del que teniendo herederos forzosos, no hace mencion de ellos en su testamento, en órden á instituirlos herederos ó desheredarlos expresamente. Praeteritio. Y Ret. Figura de sentencia por la cual damos a entender que noqueremos hablar de una cosa, ó que la pasamos en silencio, y no obstante esto la decimos. Praeteritio.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Pretericion, pág. 1420 · el artículo y su página del original →
Pretericion, s. f. Estado de lo que existió y ha dejado de ser. || For, Omision del que teniendo herederos forzosos no hace mencion de ellos en el tes. tamento ni para instituirlos, ni para desheredarlos. || Ret. Figura en virtud de la cual declaramos no querer hablar de una cosa y sin embargo lo hacemos.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Pretericion, pág. 879 · el artículo y su página del original →
PRETERICION. 1. En ei derecho civil la omision del que te niendo herederos forzosos, no hace mencion de ellos en su tes tamento, en órden á instituirlos herederos ó desheredarlos ex. presamente. Praeteritio. || Ret. Fgura de sentencia por la cua damos á entender que no queremos hablar de una cosa, ó que la pasamos en silencio, y no obstante esto la decimos. Practe ritto. || Escol. La forma ó cuasi forma que se constituye y de nomina pasada, esto es, que no existe de presente, pero existio en algun tiempo. Praeteritio.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Pretericion, pág. 562 · el artículo y su página del original →
PRETERICION. f. La forma ó cuasi forma que se constituye y denomina pasada; esto es, que no existe de presente, pero existió en algun tiempo. Preteritio. [| for. En el derecho civil la omision del que teniendo herederos forzosos, no hace mencion de ellos en su testamento, en órden á instítuirlos herederos ó desheredarlos expresamente. Prateritio. || Res. Figura de sentencia por la cual damos á entender que no queremos hablar, de una cosa, Y que la pasamos'en silencio, y no obstante esto la decimos. Preslerilio.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Pretericion, pág. 630 · el artículo y su página del original →
PRETERICION. f. La accion y efecto de preterir. || En la filosofía antigua la forma de lo que no existe de presente, pero que existió en algun tiempo. || for. En el derecho civil, la omision del que, teniendo herederos forzOSos, no hace mencion de ellos en su testamento, en órden á instituirlos herederos ó desheredarlos expresamente. (| Ret. Figura de sentencia, por la cual damos á entender que no queremos hablar de una cosa ó que la pasamos en silencio, y no obstante esto, la decimos.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Preterición, pág. 396 · el artículo y su página del original →
Preterición. Femenino. La acción y efecto de preterir.) En la filosofía antigua, la forma de lo que no existe de presente, pero que existió en algún tiempo. || Forense. En el derecho civil, la omisión del que, teniendo herederos forzosos, no hace mención de ellos en su testamento, en orden á instituirlos herederos ó desheredarlos expresamente. ( Retórica. Figura de sentencia, por la cual damos á entender que no queremos hablar de una cosa ó que la pasamos en silencio, y no obstante esto, la decimos. ETIMOLOGÍA. Pretérito: latín, pratéritio, la acción de pasar por alto en un testamento, olvido del testador, en Justiniano; preterición, figura retórica; forma sustantiva abstracta de præ…
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Pretericion, pág. 862 · el artículo y su página del original →
Fretericion. (Del lat. praeteritto.) f. Revion y mevi de prevorir: J Er l fflesg fia antigua, forma de lo que no existe de presente, pero que existió en algún tiempo. J For. En el derecho civil, omisión del que, teniendo herederos forzosos, no hace mención de ellos en su testamento, en orden á instituirlos herederos ó desheredarlos expresamente. ! Ret. Figura que consiste en aparentar que se quiere omitir ó pasar por alto aquello mismo que se dice expresa ó esforzadamente.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Preterición, pág. 941 · el artículo y su página del original →
Preterición. Femenino. La acción y efecto de preterir. En la filosofía antigua, la forma de lo que no existe de presente, pero que existió en algún tiempo. [] Forense. En el derecho civil, la omisión del que, teniendo herederos forzosos, no hace mención de llUs en sa téscanmento, en oradan aá instituirlos herederos ó dosheredarlos expresamente. I Retórica. Figura de sentencia por la cual damos á entender que no queremos hablar de una cosa ó que la pasamos en silencio, y no obstante esto, la decimos. ETIMOLOGÍA. Del latin praeteritio, la a cción de pasar por alto en un testamento, olvido del testador: catalán, preterició, francés, preterition; italiano, preterizione.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Preterición, pág. 809 · el artículo y su página del original →
Preterición. (Del lat. praeteritio,) f. Acción y efecto de preterir. || En la filosofía antigua, forma de lo que no existe de presente, pero que existió en algún tiempo. || For. En el derecho civil, omisión del que, teniendo herederos forzosos, no hace mención de ellos en su testamento, en orden á instituirlos herederos ó desheredarlos expresamente. || Ref. Figura que consiste en aparentar que se quiere omitir ó pasar por alto aquello mismo que se dice expresa ó esforzadamente.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Preterición, pág. 1368 · el artículo y su página del original →
PRETERICIÓN. (del lat. præteritio, ônem). f. Acción y efecto de preterir. En la filosofía antigua, forma de lo que no existe de presente, pero que existió en algún tiempo. || For. En el derecho civil, omisión del que teniendo herederos forzosos, no hace mención de ellos en su testamento, en orden a instituirlos herederos o desheredarlos expresamente. || Ret. Figura que consiste en aparentar que se quiere omitir o pasar por alto aquello mismo que se dice expresa o esforzadamente.
acepción con acepción en el diccionario oficial →