partidas
En 3 obras de la biblioteca, de 1611 a 1880: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
PARTIDAS, pág. 1196 · el artículo y su página del original →
PARTIDAS, son las leves de Castilla en Romance, que el Rey don Fernando el Santo encargò a personas principales y doctas el cuidado d̃ hazer nueuas leyes, y recoger las antiguas en vn volumen, obra de inmenfo resbaia Acabose, y perficionose en tiempo de su hijo el Rey don Alonfo el decimo, it2 mado el Sabio, y publicaronfe en fo no bre. Llamaronse partidas, por aner diuidido esta obra en sicte volamenes. Los compuestos de parte, veras es lus lugares.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Partidas, pág. 49 · el artículo y su página del original →
PARTIDAS de guerrilla, ó descubierta. V. Partidas de guerra que es lo mismo.
Partidas, pág. 49 · el artículo y su página del original →
PARTIDAS, prendas, dotes, partes de naturaleza. V. N. tiene excelentes partidas : ser jugador es mui mala partida. PARTIDAS, en las Leyes de Castilla, la colecçion de ellas que mandó hacer el Santo Rei D. Fernando, y se acabó en tiempo de su hijo. Don Alonso XI. ó el Sabio. Fr. Livre de sept parties, ou le livre ou sont compileés les loix et costumes d’ Espagne. Lat. Leges partitarum. BUENA PARTIDA, buena alhaja, modo de hablar con que que se nota el proceder de alguno. Fr. Jolie partie. Lat. Vab! bonus bomo. ANDAR LAS SPETE PARTIDAS, lo mismo que andar mucho, andar todo el mundo. Lat. Orbem peragrare.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Partidas, pág. 114 · el artículo y su página del original →
Partidas (LAS). Femenino plural. «Por excelencia, se Ilaman las leyes de Castilla que mandó recoger el Santo Rey Don Fernando á los más sabios jurisconsultos de su tiempo, cuya obra se concluyó y perfeccionó en tiempos de su hijo, el rey don Alfonso X.» (ACADEMIA, Diccionario de Reseña histórica.—1. Este célebre código, cuya redacción principió en 1256, en tiempos de Alfonso X, tenía sus precedentes en diferentes compilaciones anteriores, como el Espéculo y el Fuero Real, y se debe á la iniciativa del Rey Sabio y al concurso de Jacobo Ruíz, Fernando Martínez y Maestre Roldán, doctores en leyes. 2. Las Instituta y las Pandecte de Justiniano, con las Decretales de la Santa Sede, les…