noxal
En 2 obras de la biblioteca, de 1880 a 1887: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Noxal, pág. 943 · el artículo y su página del original →
4. Noxal. Adjetivo. Referente á la culpa. Perjudicial á la salud. I ABANDONO NOXAL. Derecho romano. Abandono de una persona ó cosa, de donde ha venido un perjuicio. ETIMOLOGÍA. Noza: latin soxalis; NOXALIS actio, acción de reparar un daño (Digesto): francés, noxal.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Noxal, pág. 518 · el artículo y su página del original →
Noxal. Adjetivo. Referente á la culpa.! Perjudicial á la salud. ] ABAXDONO NOXAL. Derecho romano. Abandono de una persona ó cosa, de donde ha venido un perjuicio. ETIMOLOGÍA. Del latin noxalis: francés, no.ral.