La historia de una palabra

incesto

En 16 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1611 Covarrubias

Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra

INCESTO, pág. 1041 · el artículo y su página del original →

INCESTO, el ayuntamiẽto con la que es parienta, Latine incestus, seu incestum. dicitur flagitium, quod cómittor tũ catom qua tanguinis ratio, eut religio mattimonium contrahere prohi bet, vt cum matre, forore, sactis virgini bus, aut similibus. Dictum incestũ quast non castum, leu deducitur à cesto Vene ris cingulo, quo amor maritalis in legi trmis nepujs conciliari putabatur: erat enimzona virginea, quam maritus prima nocte dissoluebat. Quid.in epist. Cui mea virginitas auibus libat a sinistris Castaque fallaci Z ona reuicta manu. Esta solenidad faltaua enlos ayuntamiẽtos illegirimos, y por esta razon se llaman incestuosos. La ley de la partidar. tit. 18 part 7. dize assi: taver ome can su…

1726-1739 Autoridades

la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra

Incesto, pág. 238 · el artículo y su página del original →

INCES TO. s. m. Cópula ò accesso carnal con parienta por consanguinidad o afinidad. Viene del Latino Intestai. COMENO. sob. las 300. Copl.41. Que el Emperador Octaviano cometiesle inc flo con lu hija Jólia, decliralo mui bien Suctonio Tranquilo. MANIR. Apolog. cap.7. Quien en las casadas Christianas hallo jamás vestigios de incestor, ni torpezas?

1786-1793 Terreros

Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra

Incesto, pág. 334 · el artículo y su página del original →

INCESTO, delito, ó culpa carnal entre dos parientes en cierto grado. Fr. Inceste. Lat. Incéstus. It. Incesto. Tambien hai incesto espiritual; y los de la Gran-Arte, ó Piedra Filosofal, llaman incesto à la mezcla de varios principios de la naturaleza, como sal, azufre, mercurio, &c.

1817 Oficial 1817

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 487 · el artículo y su página del original →

INCESTO. s. m. El pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados prohibidos. Incestum, incestus

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 453 · el artículo y su página del original →

INCESTO. s. m. El pecado carnal cometido por Parientes dentro de los grados prohibidos. I CEStum, incestus.

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Incesto, pág. 427 · el artículo y su página del original →

INCESTO. m. Pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados prohibidos.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 403 · el artículo y su página del original →

INCESTO. m. El pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados prohibidos. Incestum , incestus.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Incesto, pág. 987 · el artículo y su página del original →

Incesto, s. m. Cópula ilícita entre parientes dentro de los grados en que no puede verificarse matrimonio sin dispensa de la Iglesia. 1 El pecado por cópula incestuosa. La Academia dice de incesto: «El pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados prohibidos:» segun cuya definicion lo que está prohibido son los grados de parentesco.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Incesto, pág. 608 · el artículo y su página del original →

INCESTO. m. El pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados prohibidos. Incestum, incestus.

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 384 · el artículo y su página del original →

INCESTO. m. El pecado carnal cometido por p*- rientes dentro de los grados prohibidos. /act+ tum, incestus.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 428 · el artículo y su página del original →

INCESTO. m. El pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados prohibidos.

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Incesto, pág. 43 · el artículo y su página del original →

Incesto. Masculino. Derecho canónico y civil. El pecado carnal cometido por parientes de los grados prohibidos. ( ESPIRITUAL. Cánones. Unión ilicita entre personas ligadas por afinidad espiritual, como el padrino y la ahijada. ( Ayuntamiento carnal entre el confesor y su penitenta. || Condición del beneficiado que posee dos beneficios, dependiente el uno del otro. Alquimia. Unión de materias á que se atribuía una afinidad imaginaria. ETIMOLOOÍA. Latín incestus; de in, negativo, y cestus, forma frecuentativa de castus, casto. Incẽstus quiere decir incastus, «no casto,» lascivo, lujurioso: italiano, incesto; francés, inceste; catalán, incest.— «Cópula de acceso carnal con parienta por…

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 589 · el artículo y su página del original →

Incesto. (Del lat. incestum.) m. Peca do carnal cometido por parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio.

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Incesto, pág. 792 · el artículo y su página del original →

Incesto. Masculino. El pecado carnal cometido por parientes de los grados prohibidos. I Alquimia. Unión de materias á que se atribuia una afinidad imaginaria. ETIMOLOGIA. Del latin incestus; de in, negativo, y cestus, forma frecuentativa de castus, casto.

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Incesto, pág. 550 · el artículo y su página del original →

Incesto. (Del lat incestum.) m. Pecado carnal cometido por parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Incesto, pág. 936 · el artículo y su página del original →

INCESTO. (del lat, incéstum). m. Comercio carnal entre personas unidas por vínculo de parentesco dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio. ! espiritual. Dro. Canón. Comercio carnal entre personas unidas por un vínculo espiritual, como el confesor y el confesado, el bautizante y el bautizado, etc.

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