esportula
En 16 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Esportula, pág. 613 · el artículo y su página del original →
ESPORTULA. s. f. Los derechos pecuniarios que se dan y pertenecen à los Jueces y otros Ministros de Justicia: y porque estos se entregaban ò pagaban dentro de unas esportillas, de aqui quedó el llamarse y entenderse por esportulas los tales derechos. Es voz puramente Latina, que oy se conserva en lo forense,y en el dialecto de Astúrias. Lat. Sportula.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Espórtula, pág. 104 · el artículo y su página del original →
ESPÓRTULA, Ilamaban en lo antiguo, y hoi se conserva en Galicia, d los derechos que se entregaband la Justicia, por darse en una esportilla, V. Costas.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Esportula, pág. 390 · el artículo y su página del original →
ESPORTULA. 2, f. fot. F. Ait. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los mi nistros. de justicia. Llamanse ESPÓRTULA porque se entregaban en una esportilla. Sportula, stipendia justitiae ministris debita. ESPÓSADO. DA adi. Lo mismo que DESPOSADO.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Espórtula, pág. 361 · el artículo y su página del original →
ESPÓRTULA. s. f. for. p. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia. Sportula, stipendia fori ministris debita. ESPOSADO , DA. adj. DESPOSADO.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Espórtula, pág. 342 · el artículo y su página del original →
ESPÓRTULA. f. for. p. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Esportula, pág. 321 · el artículo y su página del original →
ESPORTULA. f. for. p. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia. Sportula, stipendia fori ministris debita.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Espórtula, pág. 753 · el artículo y su página del original →
Espórtula, s. f. For. prov. de Ast. Derechos pecuniarios que se págan á algunos jueces y á los ministros de justicia
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Espórtula, pág. 484 · el artículo y su página del original →
ESPÓRTULA. f. for. p. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia. Sportula, stipendia fori ministris debita.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Espórtula, pág. 305 · el artículo y su página del original →
ESPÓRTULA. f. for. pr. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia. Sportula, stipendia fori ministris debita.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Espórtula, pág. 335 · el artículo y su página del original →
ESPÓRTULA. f. for. pr. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Espórtula, pág. 935 · el artículo y su página del original →
s. f. prov. Asturias Jurisp.: derechos pecuniarios que se dan a algunos juezes y a los ministros de justicia. Llamanse asi porque antiguamente se entregaban a los interesados en unas esportillas. ant. : limosna.—viveres que se daban a los dientes y que generalmente recibian en una esportilla
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Espórtula, pág. 548 · el artículo y su página del original →
Espórtula. Femenino. Forense. Provincial Asturias. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia. ETIMOLOGÍA. Espuerta: latín sportüla, porción de comida que los romanos enviaban á sus clientes; su importe en dinero; regalo ó donativo. (PLAUTO.)—«Los derechos pecuniarios que se dan y pertenecen á los jueces y otros ministros de justicia; y porque éstos se entregaban ó pagaban dentro de unas esportillas, de aquí quedó el llamarse ESPÓRTULAS los tales derechos. Es voz puramente latina que hoy se conserva en lo forense, y en el dialecto de Asturias.» (ACADEMIA, Diccionario de 1726.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Esportula, pág. 462 · el artículo y su página del original →
Esportula. Del lat sportula, regale donativo.) f. For, pr. Avt. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Espórtula, pág. 245 · el artículo y su página del original →
Espórtula. Femenino. Forense. Provincial Asturias Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á t́ los ministros de justicia. ETIMOLOGIA. Del latin sportùla, regalo, donativo.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Espórtula, pág. 427 · el artículo y su página del original →
Espórtula. (Del lat. sportúla, regalo, donativo.) f. For. pr. Ast. Derechos pecuniarios que se dan á algunos jueces y á los ministros de justicia.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Esportula, pág. 717 · el artículo y su página del original →
ESPORTULA. (del lat. sportúla, regalo, de sporta, espuerta). f. For. prov. Ast. Derechos que antiguamente cobraban algunos al ministros de justicia,
acepción con acepción en el diccionario oficial →