casacion
En 15 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Cassacion, pág. 219 · el artículo y su página del original →
CASSACION. s. f. term. forense. La accion de anular y declarar por de ningun valor, ni efecto alguna cosa. Lat. Irritatio. Abrogatio. ILLESC. Hist. Pont. lib.5. cap. 16. Entre otras cosas que se determinaron fue una la cassación y revocacion del Breve y privilegio, concedido à Henrique Emperadór.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Casación, pág. 372 · el artículo y su página del original →
CASACIÓN, termino Forense, accion de anular algun acto. Fr. Cassation. Lat. Abrogátio. It. Cussazione.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Casacion, pág. 185 · el artículo y su página del original →
CASACION. s. f. for. La accion de anular y de clarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento. Abrogatio, derogatio.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Casacion, pág. 169 · el artículo y su página del original →
CASACION. s. f. for. La accion de anular y declarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento. Abrogatio, derogatio
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Casacion, pág. 165 · el artículo y su página del original →
CASACION. f. for. Accion de anular y declarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Casacion, pág. 149 · el artículo y su página del original →
CASACION. f. for. La accion de anular y declarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento. Abrogatio, derogatio.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Casacion, pág. 352 · el artículo y su página del original →
Casacion, s. f. For. La accion de anular y declarar por de ningun valor é efecto alqun instrumento público.=(TRIBUNAL DE) V. TRIBUNAL.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Casacion, pág. 224 · el artículo y su página del original →
CASACION. f. for. La accion de anular y declarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento. Abrogatio, derogatio.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Casacion, pág. 144 · el artículo y su página del original →
CASACION. f. for. La accion de anular y declarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento. Abrogatio, derogativo.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Casacion, pág. 159 · el artículo y su página del original →
CASACION. f. for. La accion de anular y declarar por de ningun valor ó efecto algun instrumento.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Casación, pág. 799 · el artículo y su página del original →
Casación. Femenino. Forense. La acción de anular y declarar por de ningún valor ó efecto algún instrumento. ETIMOLOGÍA. Francés, cassation, forma sustantiva abstracta de casser, romper: derivado de cassum, roto, supino de quatère, sacudir, quebrantar; catalán, cassació, casació, cuya primera forma es la radical.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Casacion, pág. 221 · el artículo y su página del original →
Casacion. (De casar, 2.° art.) f. For Acción de anular y declarar por de ningún valor ó efecto un instrumento. (’asacon. m. aum. de Casaca.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Casación, pág. 154 · el artículo y su página del original →
Casación. Femenino. Forense. La acción de anular y declarar por de ningún valor ó efecto algún instrumento. ETIMOLOGÍA. 1. Del francés, cassation, forma sustantiva abstracta de casser, romper; derivado de cassum, roto, supino de quatére, sacudir, quebrantar: catalán, cassació, casació, cuya primera forma es la radical. 2. De casar, en el sentido de anular, abrogar, derogar. (ACADEMIA.)
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Casación, pág. 205 · el artículo y su página del original →
Casación. f. For. Acción de casar ó anular.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Casación, pág. 346 · el artículo y su página del original →
CASACIÓN. f. For. Acción de casar o anular el Tribunal Supremo la sentencia del juez o tribunal inferior en virtud del recurso de casación contra ella interpuesto.
acepción con acepción en el diccionario oficial →