arancel
En 17 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
ARANCEL, pág. 202 · el artículo y su página del original →
ARANCEL, el decreto, o ley q́ pone tassa en las cosas que se venden, y en los derechos de los ministros de justi crata articulo Arabigo, y rancel, q dizẽ v iler tãto comodecreto, determinaciô, afsiento.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Arancel, pág. 369 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. s.m. El decréto, ò ley à modo de tarifa, que pone tassa, y determina los derechos de los Ministros de justicia: lo que deben pagar los géneros en las Aduánas, y el précio en que se han de vender las cosas.Es compuesto de la particula A, y de Rancel Arabigo, que significa decréto. Lat. Venalium taxatio, seu æstimatio, in commentarium relata. REcOP, lib.3.tit.10. L.unica. En el tit. del aranctl de los derechos de las justicias ordinárias. Y en el principio. Y por virtud de lo en esta ley y arancél contenido, no se entienda alterar ni acrece ntar la dicha costumbre. ARANCEL. Metaphoricamente se toma por regla y norma para obrar, ò hacer alguna cosa. Lat. Regula. Præscriptum. LoP…
1770 Oficial 1770
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 2.ª ed. de Autoridades, tomo I, A-B) · la obra
Arancel, pág. 303 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. s. m. Reglamento hecho con autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de vender las cosas Venatium publita taxatio, astimatio. RECOP. lib. 3. tít. 10. l. unic. En el titulo del arancel de los derechos de las Justicias ordinarias.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Arancel, pág. 137 · el artículo y su página del original →
ARANCEL, la lei que determina los derechos de jeneros, y oficinas. Fr. Taxe, reglement, tarif, ordonance. Lat. Portoriorum taxatio, pretium jure positum, vel acstimatum. It. Prezzo, tassa. ARANCEL, se toma tambien por el mismo precio, puesto, y asimismo por regla, forma, norma, V.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Arancel, pág. 80 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. s. m. Reglamento hecho con autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de vender las cosas. Edictum de venalium pretio.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Arancel, pág. 69 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. s. m. Reglamento hecho con autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de vender las cosas. Edictum de venalium pretio.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Arancel, pág. 76 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. m. Reglamento hecho con * autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de vender las cosas.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Arancel, pág. 60 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. m. Reglamento hecho con autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de venderlas cosas. Edictum de venalium pretio. ARANDANEDO. Terreno sombrio y húmedo pohlado de arándanas.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Arancel, pág. 158 · el artículo y su página del original →
Arancel, s. m. Reglamento hecho con autoridad pública, donde se marcan y fijan los derechos que se han de levar, ó los precios á que se han de vender las cosas. || Fam. V. TARIFA.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Arancel, pág. 91 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. m. Reglamento hecho con autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de vender las cosas. Edictum de venalium pretto.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Arancel, pág. 58 · el artículo y su página del original →
ARANCEL, m. Reglamento hecho con autoridad pública, en que se señalan los derechos que se han de llevar, ó los precios á que se han de vender las cosas. Edictum de venalium pretio.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Arancel, pág. 64 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. im. Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar en varios ramos, como el de costas judiciales, aduanas, etc. :
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Arancel, pág. 205 · el artículo y su página del original →
s. m. Adm.: reglamento hecho con autoridad pública en que se señalan los derechos que deben llevarse por la introduccion de ciertas mercancías, por ciertos actos judiciales, etc —Hablando del de aduanas se usa mas comunmente en plural.—ant. : se llamaba así el reglamento que marcaba e precio a que se habian de vender algunos articulos de consumo
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Arancel, pág. 391 · el artículo y su página del original →
Arancel. Masculino. Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar en varios ramos, como el de costas judiciales, aduanas, etc. ETIMOLOGÍA. Arabe marãsem, plural de marsum, decreto, ordenanza, en Berggren, Humberg, Fleischer, Ibn Batouta, Ibn-Khaldún. El vocablo árabe ha debido perder la primera letra, al ser romanceado en español (Dozy): catalán, arancel. Las formas alancel y alanceles (plural), se hallan en los textos siguientes: «muestren todos los títulos e derechos e ordenanças que tienen commo e por donde deuen aver e lenar e han lenado e lienan e han de lenar los tales portadgos e rrodas e peajes e pasajes e barcajes e otros semejantes derechos, e en tanto que non…
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Arancel, pág. 425 · el artículo y su página del original →
Arancel. Masculino. Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar en varios ramos, como el de costas judiciales, aduanas, etc. ETIMOLOGÍA. 1. Del árabe marâsem, plural de marsum, decreto, ordenanza. (BARCIA.) 2. ¿Del árabe alamzila, modelos? (ACADEMIA.)
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Arancel, pág. 83 · el artículo y su página del original →
Arancel. (Del ár. NEON ps. alam-elacer, registro de precios.) m. Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar en varios ramos, como el de costas judiciales, aduanas, ferrocarriles, etc.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Arancel, pág. 157 · el artículo y su página del original →
ARANCEL. (del ér. alam-elacer, registro de precios). m. Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar en varios ramos, como el de costas judiciales, aduanas, etc.! fig y fam. Lista, catálogo, disposición de cosas ordenadas.
acepción con acepción en el diccionario oficial →