adjudicar
En 16 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
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ADJUDICAR. . a. Señalar, ò consignar una cosa para alguno, que regularmente se hace con autoridad de Juez: como en la cessión de bienes,ò concurlo de acreedóres para pagar à alguno de ellos. Viene del Latino Adjudicare. Lat. Adiudicáre. Addicere. CERV. Persil. lib.2. cap.16. Puesto que le escombramos de mas de sesenta navios de Cofarios, que por serlo verdadéros adjudicamos sus robos à nuestro navio. ALFAR. fol.411. Quieres que se te adjudique, porque dices que sigue a él todo? CAsT. SOLORZ. Donaix. del Parn. part. 1. fol. 87. Adjudicanle por précio en en las presencias augustas.
1770 Oficial 1770
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 2.ª ed. de Autoridades, tomo I, A-B) · la obra
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ADJUDICAR. V. a. Declarar á uno la pertenencia de alguna con. Hâcese regularmente con autoridad de Juez, y por lo comun en herencias y particiones. Aajuaïtare, adaicere. CERV. Pérsil. lib. 2. cap. 16. Puesto que le escombramos de mas de sesenta navios de Cosarios, que por serlo verdaderos adjudicames sus robos á nuestro navio.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
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ADJUDICAR, apropiar, ó dar á alguno ésta, ó la otra cosa, hacienda, &c. Fr. Adjuger. Lat. Adjudicare, addicere. It. Attribuire. AD JUDICARSE, apropiarse, V.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
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ADJUDICAR. v. a. Declarar á uno la pertenencía de alguna cosa Hácese regularmente con autoridad de juez y por lo comun en herencias y particiones. Adjudicare, addicere.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
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ADJUDICAR. a. Declarar á uno la pertenencia de alguna cosa. [| r. Apropiarse, aplicarse á sí mismo.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Adjudicar, pág. 13 · el artículo y su página del original →
ADJUDICAR. a. Declarar á uno la pertenencia de alguna cosa. Hácese regularmente con autoridad de juez, y por lo comun en herencias y particiones. Adjudicare, addicere. || r. Apropiarse , aplicarse uno á sí mismo una cosa. Sibi arrogare.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
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Adjudicar, v.a. Conceder, otorgar, aplicar, entregar por autoridad pública al mejor postor, la posesion de un bien mueble ó raiz, sacadoá pública subasta. || Declarar en juicio que una cosa disputada entre dos partes, pertenece de derecho á una de ellas. || Acordar, conceder, vtorgar un premio, una recompensa, etc.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
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ADJUDICAR. a. Declarar à uno la pertenencia de alguna cosa. Hácese regularmente con autoridad de juez. y por lo comun en herencias y particiones. Admdicare, addicere. || r. Apropiarse, aplicarse uno á sí mismo una cosa sibi arrogare
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Adjudicar, pág. 13 · el artículo y su página del original →
ADJUDICAR. a. Declarar á uno la pertenencia de alguna cosa. Mácese regularmente con autoridad de juez, y por lo comun en herencias y particiones. Adjudicare, addicere. || r. Apropiarse, aplicarse uno á sí mismo una Cosa. Sibi_ «arrogare. ADJUNTO , TA. adj. Lo que va ó está unido con otra cosa. Adjunctus. || m. Gram. ADJETIVO. || ADITAMENTO. |] ADJUNTOS Ó JUECES ADJUNTOS. 'p. Los que se dan por agregados Ó'acompañados al propio de la causa para el conocimiento de ella. Judices adjuncti, comiles dali.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Adjudicar, pág. 15 · el artículo y su página del original →
ADJUDICAR. a. Declarar á uno la pertenencia de alguna cosa. Hácese regularmente con autoridad de juez, y por lo comun en herencias y particiones. [| r. Apropiarse, apli- - Carse uno á sí mismo una cosa.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
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V. a.: declarar a une la pertenencia de alguna cosa, otorgar conceder. Hácese generalmente con autoridad pública, y por lo comun en he rencias, particiones y subastas.—Dar acordar una recompensa o un premio —r. : apropiarse, aplicarse a sí mismo alguna cosa
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Adjudicar, pág. 135 · el artículo y su página del original →
Adjudicar. Activo. Forense. Declarar á uno la pertenencia de alguna cosa. Hácese regularmente con autoridad del juez, y por lo común, en herencias y particiones.) Recíproco. Apropiarse, aplicarse uno á sí mismo una cosa. ETIMOLOGÍA. Latin adjudicare, consignar alguna cosa á uno con autoridad de juez, en Cicerón: catalán, adjudicar; francés del siglo xInI, ajuigier; siglo xIV, adjugier; moderno, adjuger; italiano, aggiudicare. El verbo latino se compone de ad, tendencia, y judicare, juzgar.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Adjudicar, pág. 22 · el artículo y su página del original →
Adjudicar. (Del lat. adiudicare: de ad y iudicare, juzgar.) a. Declarar en juicio, ó sin esta formalidad, que una cosa corresponde de derecho ó debe pertenecer á una persona. [ r. Apropiarse, aplicarse uno á si mismo una cosa. Adijudicatarlo, ria. m. y f. Persona á quien se adjudica alguna cosa.
1886-1893 Cuervo
Rufino José Cuervo, Diccionario de construcción y régimen de la lengua castellana · la obra
Adjudicar, pág. 197 · el artículo y su página del original →
ADATDICAR. v. a) Declarar á uno el juez (ó la autoridad pública competente) la pertenenci de alguna coca. como se observa en las herencias, particiones y subastas (trans.). a) Con a, para expresar la persona á cuyo favor se hace la declaracion. « Los condenaron como á hercjes, y adjudicaron á Simón de Monforte la cuadad de Tolosa con tudo aquel condado. » Mar. Hist. Esp. 12. 4 (R. 30. 3474). « Los bienes y haciendas de los templarios adjudicaron 2 bats cuι de la vrden de S. Fuan. »Iu. ib. 15. 10 (. 30. 117-. Con públice pregón adjudicaron sus bienes y estado al fisco real. » Id. ib. 18. 3 (R. 31. 52). « Le escombramos [el mar] de más de sesenta navios de cosarios, que por serlo verdaderos…
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Adjudicar, pág. 101 · el artículo y su página del original →
Adjudicar. Activo. Forense. Declarar á uno la pertenencia de alguna cosa. Hácese regularmente con autoridad de juez, y por lo común, en herencias y particiones. l Recíproco. Apropiarse, aplicarse uno á si mismo una cosa. ETIMOLOGÍA. Latin adjudicare, consignar alguna cosa á uno con autoridad de juez: catalán, adjudicar; francés del siglo XIII, ajuigier; siglo XIV, adjugier; moderno, adjuger; italiano, aggiudicare.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
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ADJUDICAR. (del lat. adjudicare; de ad y judicare, juzgar). v. a. Declarar que una cosa pertenece a una persona.! Dar o ceder la propiedad de algo. || v. r. Apropiarse, aplicarse uno a sí mismo una cosa
acepción con acepción en el diccionario oficial →