La historia de una palabra

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En 11 obras de la biblioteca, de 1843 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

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ABONARE. m. El documento ó resguardo por el cual se asegura, ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Usase comunmente en las oficinas de cuenta y razon, y en casas de comercio. Solvendæ pecunio scripta cautio.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

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Abonaré, s. m. Documento ó resguardo por el cual se asegura ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Usase comunmente en las oficinas de cuenta y razon, y en casas de comercio.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Abonaré, pág. 5 · el artículo y su página del original →

ABONARÉ. m. El documento ó resguardo por el cual se ase gura, ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Usase comunmente en las oficinas dé cuenta y razon, y en casas de comercio Solvendae pecunide scripta cautio

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Abonare, pág. 3 · el artículo y su página del original →

ABONARE. m. El documento ó resguardo por el cual se asegura ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Úsase comunmente en las oficinas de cuenta y razon, y en casas de comercio. Solvende pecuniw scripta cautio.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Abonaré, pág. 3 · el artículo y su página del original →

ABONARÉ. m. El documento ó resguardo. por el cual se asegura ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Usase comunmente en las oficinas de cuenta y razon, y en casas de comercio.

1870 Gaspar y Roig

Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra

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s. m. : Adm. y Com. documento y resguardo por el cual se asegura o hace bueno el pago de alguna cantidad. — Usase comunmente en las oficinas de cuenta y razon y en las casas de comercio

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

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Abonaré. Masculino. El documento ó resguardo por el cual se asegura ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Usase comunmente en las oficinas de cuenta ó razón, y en casas de comercio. ETIMOLOGÍA. Primera persona del futuro simple, número singular, del verbo abonar: yo abonaré.

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

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Abonare. 1.a pers. de sing. del fut de indic. de abonar.) m. Documento por el cual se asogura el pago de una cantidad

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Abonaré, pág. 25 · el artículo y su página del original →

Abonaré. Masculino. El documento ó resguardo por el cual se asegura ó hace bueno el pago de alguna cantidad. Usase comunmente en las oficinas de cuenta ó razón, y en casas de comercio. ETIMOLOGIA. Primera persona del futuro simple, número singular, del verbo abonar: yo abonaré.

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Abonaré, pág. 4 · el artículo y su página del original →

Abonaré. (1.* pers. do sing. del fut. de indie. de abonar) m. Documento expedido por un parúcuiar ó ana ohcina en equivalientia o representación de una partida de cargo sentada en cuenta, ó de un saldo preexistente.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Abonaré, pág. 10 · el artículo y su página del original →

ABONARÉ. (de abonar). m. Com. Documento que expide un particular o una oficina en equivalencia de una partida sentada en cuenta.) Documento en que se hace la promesa de abonar.

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