Esteban de Terreros y Pando · 1786-1793
Cortes
tomo 1 · página 535 · ver la página del original
CORTES, se llaman en España las juntas que se hacen en la Corte, concurriendo á ella los Diputados de los Reinos, Provincias, ó Ciudades que tienen voto en Cortes para la determinacion de cosas, y negocios de mucha consideracion. Fr. Assisse, cortes. Lat. Comitia, V. Asambléa.
DIPUTADOS, Ó PROCURADORES DE CORTES, los que embian las Ciudades, ó Provincias que tienen voto en Cortes. Fr. Les Deputez des assemblees pour les etats. Lat. Deputatus, &c. V. Diputado.
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