Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Yegua

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YEGUA. f. La hembra del caballo. Equa. ! — DE VIENTRE. La que está en disposicion y edad de parir. Equa foetui matura, foeturae capax. || LYEGUA I PARADA PRADO HALLA. ref. que advierte, que en medio de las mayores dificultades, la necesidad sugiere medios para lograr lo que se ha de menester, Saepiùs necessitas ipsa succurrit. || ANDAR CON ALGUNO Á MÁTAME LA YEGUA, MATARTE HE EL POTRO. fr. met. prov. Altercar cou porfía y sin necesidad. Mordicùs altercari, pertinaciter contendere. ! DONDE HAY YEGUAS, POTROS NACEN. ref. que enseña que no se deben extrañar los acontecimientos ó efectos por ser naturales, cuando están inmediatos Cinmediatas] ó son conocidas las causas de que provienen. Dum causa existit, effectus naturá consequitur.!! EL QUE DESECHA LA YEGUA, ESE LA LLEVA ref. con que se zahiere al que dice mal de alguna cosa, que sabe que la quiere. Quod quisque spernere simulat, ipse amat YEGUACERÍA f. La casa en que se tienen garañones y caballos padres, para echarlos á las yeguas y burras.

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