Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Sentencia

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SENTENCIA. f. El dictámen ó parecer que tiene ó sigue alguno.

Judicium, sententia. || Dicho grave y sucinto que encierra doctrina ó moralidad digna de notarse. Sententia, dictum, effatum. || Declaracion del juício y resolucion del juez, segun los méritos de la causa. Sententia. || met. La decision de cualquier controversia ó disputa extrajudicial que da la persona, á quien se ha hecho árbitro de ella para que la juzgue. Sententia, judicium. C!] ant. Sentido, significacion.1!] — DEFINITIVA Ó DIFINITIVA. Aquella en que el juez, concluido el proceso, resuelve finalmente sobre el asunto principal, condenando ó absolviendo. Decretorium de litis summá judicium.] —INTERLOCUTORIA.

INTERLOCUTORIO. I — PASADA EN JAUTORIDAD DE] co A-JTARAR. —Aquella da que, on se, nuede poelar, por haber nasado el término en que se permite hacerlo. Lis judicata. || FULMINAR LA SENTENCIA. fr. PRONUNCIARLA. Sententiam pronuntiare.

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