Vicente Salvá · 1847
Personado
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PERSONADO. m. Prerogativa que alguno tiene en la iglesia sin jurisdiccion alguna, pero con silla en el coro, superior y mas honorífica que otros, y con renta eclesiástica, sin oficio alguno Tómase tambien por dignidad eclesiástica, aunque se distingue de ella en que no tiene jurisdiccion ni oficio. Ecctesiastica dignitas, nulli affecta muneri. || La persona que tiene esta prerogativa. || En Cataluña llaman así á ciertos beneficios, cuyo goce es compatible con otros. Personatus
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