Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Personado

página 834 · ver la página en el escaneo

PERSONADO. m. Prerogativa que alguno tiene en la iglesia sin jurisdiccion alguna, pero con silla en el coro, superior y mas honorífica que otros, y con renta eclesiástica, sin oficio alguno Tómase tambien por dignidad eclesiástica, aunque se distingue de ella en que no tiene jurisdiccion ni oficio. Ecctesiastica dignitas, nulli affecta muneri. || La persona que tiene esta prerogativa. || En Cataluña llaman así á ciertos beneficios, cuyo goce es compatible con otros. Personatus

la historia de «personado», de obra en obra →

abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra

El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Personado», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/personado.