Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Jurado

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JURADO. m. El sugeto elegido en alguna república ó concejo para atender al bien comun, en particular en la provision de viveres. Decurio. L! ant. PERSONERO, procurador, síndico.) — EN CAP. En la corona de Aragon era el primero de los jurados que se elegia de los ciudadanos mas ilustres que ya habian sido insaculados en otras bolsas de jurados, y que tuvicsen cuarenta años cumplidos. Decurionum primus, praefectus 1 [neol.] Tribunal de orígen inglés, introducido ya en otras naciones, cuyo cargo es determinar y declarar el hecho, quedando al cuidado de los magistrados la designacion de la pena que por las leyes corresponde al mismo. Llámase así lambien cada uno de los individuos que componen dicho tribunal. L — DA adj. Examinado ó aprobado, hablando de los maestros o profesores en algun oficio ó arte. ¡l Declarado, mortal, irreconciliable; como cuando decimos, enemigo JURAno. || ant. Arraigado, firme. !! ant Encaprichado, obstinado en su opinion.1

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