Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Fianza

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FIANZA. f. Obligacion que uno hace para seguridad de que otro pagará lo que debe ó cumplirá las condiciones de algun contrato. Fidejussio. L || Se toma muchas veces por el que se constituye fiador de ofro; y así decimos: yo soy su FIANZA.II ant. CONTIANZA. || ant. FINCA. || — BANCARIA. La que se daba en Roma por el banco para asegurar las pensiones cargadas sobre piezas eclesiásticas. Fidejus sio mensaria.!! — CARCELERA. La que se da de que alguno, á quien sueltan de la cárcel, se presentará en ella, siempre que se le mande. Fidejussio rei iterùm se carceri sistendi.)) — DE ARRAIGO. La que se da asegurando con bienes raices. Praedialis fidejussio.] — DE ESTAR Á DERECHO. for. Obligacion que se otorga con las personas y bienes, ó con cierta cantidad que se deposita, de pasar por la sentencia que el juez pronuncie. Vadimonium, sponsio sistendi se in judicio. — DE LA HAZ. for. La que se da de que alguno, á quien sueltan de la cárcel, se presentará en ella dentro de cierto tiempo, ó siempre que se le mande. Sponsio rei sistendi.]] DAR FIANZA. fr. Presentar ante el juez persona ó bienes que queden obligados á la paga, en caso de faltar el principal á su obligacion. Praedem dare. || PONER EN FIANZA. fr. Albeit. Poner la mano ó pié de la caballería en estiércol humedecido con agua, para que reblandeciéndose el casco se hierre con mas facilidad. Equorum ungulas mollire.

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