Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Fadiga

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FADIGA. I. p. Ar. El derecho que se paga al señor del do minio directo, siempre que se enajena la cosa dada en enfitéu sis. Pecunia domino fundi ab emphyteuta solvenda, cum prae dium alienatur. LIl ant. FATICA.I t

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Fadiga», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/fadiga.