Vicente Salvá · 1847
Extrajudicialmente
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"EXTRAJUDICIALMENTE. adv. m. Privadamente, sin las solemnidades judiciales. Extrà judicium. Lll Por conducto que no es el oficial ó el que ha debido seguir la cosa.)
EXTRAMÚROS. mod. adv. lat. usado en castellano. Fuera del recinto de una eludad, villa ó lugar. Errrá mero:
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