Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Diezmo

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DIEZMO, MA. adj. ant. DÉcImMo.! — m. La décima parte de al guna cosa en cualquier línea. Decuma, decima.)) El derecho de diez por ciento que se paga al rey del valor de las mercadería que se trafican y llegan á los puertos, ó entran y pasan de ur reino á otro donde no está establecido el almojarifazgo. Llá manse regularmente diezmos de la mar ó de puertos secos, con forme al paraje donde están las aduanas. Decima regio fisco soluta. || La parte de los frutos que pagaban los fieles á la iglesia d Dios, que regularmente era la décima. Decima ecclesiae soluta

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Diezmo», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/diezmo.