Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Devengar

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DEVENGAR. a. Hacer alguno suya alguna cosa mereciéndola, adquirir derecho á ella por razon de trabajo ó servicio como, DEVENGAR salarios, costas etc. Mereri, lucrari. Ell neol Adeudar ó pagar; como, el palo campeche DRVENCA 15 reale por quintal para su introduccion; este papel DEVENGA intereses n. neol. Vencer, llegar el plazo de un pago; v. g. las viudedades DEVENGAN el 20 de este mes.]

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Devengar», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/devengar.