Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Derribar

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DERRIBAR, a. Arruinar, demoler, echar á tierra las casas, los muros y cualesquiera edificios. Diruere, demoliri, evertere. Tirar contra la tierra, hacer dar en el suelo á alguna persona.

Prosternere, in terram dejicere. || Trastornar, echar á rodar lo que está levantado ó puesto en alto. Deturbare, dejicere. Il ros TRAR. || met. Malquistar á alguna persona, hacerle perder la privanza, estimacion ó dignidad adquirida. De gradu dejicere. l met. Sujetar, humillar, abatir los afectos desordenados del ánimo. Deprimere, subjicere. [Il met. Destruir, atrasar, hacer perder.11l met. ant. Inducir, Incitar, compeler. Incitare, impellere. || ant. Cetr. Perder el halcon la fuerza y virtud, ó soltar las plumas por estar mudando ó por otra causa. Tambien suele usarse como nentro. Falconem vim exuere, vel plumis nudari. || r. Tirarse á tierra, echarse al suelo por impulso propio ó por otro accidente involuntario. Prosterni. LII DERRIBAR AL CABALLO. Man. V. CABALLO.]

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