Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Aventaja

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AVENTAJA. f, ant. VENTAIA. || for. p. Ar. La porcion que el marido ó la mujer que sobrevive, puede sacar, segun fuero, á beneticio suyo ántes de hacer particion de los bienes muebles. vars supellectilis marito vel sponsae superviventi juxtà legem competens

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Aventaja», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/aventaja.