Juan Peñalver · 1842
Pension
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PENSION. f. Renta ó cánen anual que perpetua ó temporalmente se impone sobre alguna finca. || Cantidad anual que el rey da por algun servicio especial. || Derecho de percibir cierta porcion de frutos de la mesa ó benelicio durante la vida del que lo goza. I met.
Trabajo, molestia ó cuidado que Me-—
ve congigo la posesion ó gece de al- Suna cosa. || PENSION BANCARIA. La que se cargaba en Roma sobre piezas eclesiásticas, y se Aseguraba en el banco. || CASAR LA PEXSIUN.. fr. Libertar el beneficio sobre que está impuesta la carga de la pension.
PENSIONADO DA. m. y f. Persona pe tiene ó cobra pension.
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