Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana

Juan Peñalver · 1842

Deber

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DEBER. a. Estar obligado á satisfacer alguna cosa. Se usa con la partícula de para denotar que quizá ha sucedido, sucede ó sucederá alguna cosa. (DEBE de hacer frio, DEBIERON de salir á pelear.) [| m. OBLIGACION.

DEUDA. (( HACER SU DEBER. fr. Cumplir alguno con su obligacion, desempeñar el oficio ó ministerio de que está encargado.

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El texto de Peñalver (1842) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Deber», en Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana (1842), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/penalver/deber.