Roque Barcia y Eduardo de Echegaray · 1887-1889
Falcidia
tomo 3 · página 344 · ver la página del original
Falcidia. Adjetivo. Derecho romano. Usado muy de ordinario como sustantivo, es la cuarta parte de los bienes hereditarios que ha de quedar libre al heredero después de pagados los legados, y el derecho á disminuirlos proporcionalmente hasta conseguirlo.
Familiar. En las universidades, lo que las amas se supone que
desfalcan y hurtan de las porciones de los estudiantes.
ETIMOLOGÍA. Del latín falcidia lex; de Falcidius, el tribuno del pueblo que dió esta ley: catalán, falcidia; francés, falcidie, falcidienne.
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