Roque Barcia y Eduardo de Echegaray · 1887-1889
Condición
tomo 2 · página 360 · ver la página del original
Condición. Femenino. La naturaleza, constitución ó propiedad de las cosas, y asi se dice: tan flaca es la coN DICIÓN humana; tal fábrica, ó tal establecimiento, tiene, ó no tiene, las con DICIONES que requiere su objeto, etc. El natural ó genio de los hombres. La calidad del nacimiento ó estado de los hombres, como de noble, plebeyo, libre, siervo, etc. Suele usarse por sólo la calidad de noble, y así se dice: es hombre de CONDICIÓN. La constitución primitiva y fundamental de un pueblo.! Calidad ó circunstancia con que se hace ó promete alguna cosa.)
CALLADA. (CONDICIÓN TACITA. I CASUAL. La que no pende del arbitrio de los hombres, como si dijese el testador: instituyo por mi heredero á Pedro, si mañana lloviese ó si hiciere sol.lcon VENIBLE. La que conviene al acto que se celebra y sobre que se pone. I DEs CONVENIBLE. La que se opone á la naturaleza del contrato ó á sus fines.
DESHONESTA. Forense. CONDICIÓN TORPE.
HONESTA. La que no se opone á las buenas costumbres, como si alguno dijere: me casaré contigo si traes al matrimonio tanto caudal. l IMPOSIBLE DE DERECHO. Forense. La que se opone á la honestidad, ó á las buenas costumbres, ó al derecho natural, como: te instituyo por mi heredero, si no redimieres á tu padre del cautiverio, si no le alimentares, etc. I IMPOSIBLE DE HECHO. Forense. La que consiste en hecho que no puede cumplirse por la persona á quien se impone, como: te instituyo por mi heredero, si dieres á tal iglesia un monte de oro.! MEZCLADA.
Forense. La que en parte pende del arbitrio de los hombres, y en parte del acaso, como si el testador instituye á Juan heredero con condición de que venga á España desde las Indias, en donde está, pues aunque él se embarque, puede no arribar, por los riesgos de la navegación.! NECESARIA.
Forense. La que es preciso que intervenga para la validación de algún contrato. [ POSIBLE. Forense. La que está en poder y arbitrio de los hom
bres, como: te instituyo por mi heredero si me labrares una capilla en tal iglesia, ó si dieres libertad á tal esclavo. SINE QUA NOX. Dicese de aquella sin la cual no se hará una cosa, ó se tendrá por no hecha. l TAcITA. Forense. La que, aunque expresamente no se ponga, virtualmente se entiende puesta, como la de que pasará la herencia al segundo llamado, si el heredero muriese sin hijos. I TORPE. La que se opone derechamente á alguna ley. I DE CONDICIÓN. Modo adverbial. De suerte, de manera. I PONER Ó PONERSE, Ó TENER EN CONDICIÓN. Frase anticuada. Poner en peligro, arriesgar, exponer. I PURIFICARSE LA CONDICIÓN.
Frase. Llegar el caso de haber de ejecutar ó tener su efecto aquello que estaba prometido ó se esperaba condicionalmente. I QUEBRAR LA CONDICIÓN Ó EL NATURAL. Frase. Abatir el orgullo de alguno, ó corregirle de sus defectos, contrariandole. TENER CONDICIÓN.
Frase. Ser de genio áspero y fuerte.
ETIMOLOGIA. Del latin condîtio, forma sustantiva abstracta de conditus, preparado, compuesto, participio pasivo de condère, fabricar, construir: catalán, condició; provenzal conditio francés, condition, italiano, condizione.
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