Ramón Joaquín Domínguez · 1846-1847
Reo
tomo 2 · página 1498 · ver la página del original
Reo, s. La persona que ha cometido algun delito, por el cual se hizo digna de castigo. Esta voz figura siempre en la terminacion masculina, aunque aplicable á entrambos géneros, como la palabra testigo. Sin embargo, á mas de un hablista, tenido por culto, hemos oido decir: fulana es rea de tal atentado, pero no la delateis etc. Sea de ello lo que quiera, cumplimos con indicar la posibilidad de usarlo sin que se achaque á necia estravagancia Ó cosa equivalente. || for. El sugeto demandado en juicio civil ó criminal, á distincion del actor. || s. m. Ictiol. Género de pez indigena de rias, que crece hasta la longitud de cinco piés; aunque en nuestros mares apenas llega á la mitad. Tiene el cuerpo comprimido, la mandibula superior mas larga que la inferior, y entrambas, asi como la lengua y el paladar, armadas ó provistas de dientes menudos; el lomo oscuro con manchas redondas y negras: los costados tinturados de rojo: el vientre blanco: ocho aletas de color amarillo, y de ellas la del lomo mas contigua á la cola, membranosa y sin espinas, y arpada la de la cola. Su carne es comestible. || adj. ant. Criminoso, culpable. (Acad.) No sabemos por qué la Acad. relega entre los anticuados semejante adjetivo, pues hay muchos casos en que se usa familiarmente, sobre todo tratándose de complicidad; v. g. Se le creía puro y limpio de toda participacion en la culpa, y ahora resulta ó aparece reo como los demás cómplices etc. || Reo de Estado. El que ha cometido algun crimen contra la seguridad del Estado. || de lesa majestad; el; que ha cometido delito contra la persona del rey ó reina. || de lesa-nacion; el que ha hecho traicion á la soberanía nacional.
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