Diccionario nacional

Ramón Joaquín Domínguez · 1846-1847

Observancia

tomo 2 · página 1274 · ver la página del original

Observancia, s. f. Cumplimiento exacto y puntual, cumplida obediencia de lo que se manda ejecutar, ó de á quellas cosas á que se está en deber ú obligacion, como á las leyes, á la rel gion, ó cualesquiera otras constituci nes, estatutos, reglas, preceptos, el || La práctica de las instituciones rei giosas. || Nombre que se suele dara estado antiguo de las órdenes religi sas, á distincion de la reforma que recibiéron posteriormente. || Regular observancia; la regla segun estaba n tiempos anteriores á la reforma en algunas órdenes religiosas. |, Poner n observancia ; fras. Hacer ejecut ó practicar puntualmente alguna cosa; obligar á que se observe con todo rigor lo que se manda, impone ú ord na.

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