Diccionario nacional

Ramón Joaquín Domínguez · 1846-1847

Heredar

página 929 · ver la página del original

Heredar, v. a. Suceder en el dominio de todos los bienes, ó de una parte de ellos, á otra persona, adquiriéndolos por disposicion del testador ó de la ley.

|| Obtener, poseer, tomar por herencia. l Darle á uno heredades, posesiones ó bienes raices. (Acad). ¡ Fig. Manifestar ó tener los descendientes las mismas virtudes, vicios, enfermedades, inclinaciones, tendencias, propiedades ó dotes, que tenian sus ascendientes. || ant. Nombrar sucesor ó heredero á otro. || ant. Adquirir la propiedad ó dominio de algun terreno. (Acad). || Refr. Quien lo hereda no lo hurtaz no debe estrañarse, ni es maravilla, que los hijos demuéstren las mismas propiedades é inclinaciones que sus padres.= Quien no hereda no medra; pocos son los que se enriquécen solamente con el sudor de su rostro, ó con su industria, si no les ayuda la fortuna. || Heredástelo ó ganástelo? espr. prov. que da á entender la facilidad con que se malgástan los cauda. les que no ha costado trabajo adquirir. (Acad).

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